Senador plantea “tolerancia cero” con ebrios al volante

Un proyecto de Ley que plantea modificar varios artículos de la Ley Nacional de Tránsito fue presentado al Senado y tendrá estrada oficial este jueves durante la sesión ordinaria.

Se trata de una iniciativa que pretende responder a un fallo de la Corte Suprema de Justicia que se pronunció recientemente aclarando que “manejar en estado de ebriedad no es delito”, alegando falta de claridad en su texto.

El senador Fernando Silva Facetti, proyectista, explicó que la idea surgió ante la necesidad de la normativa sea menos tolerante con los conductores que manejan en estado de ebriedad.

El parlamentario explicó que se modificó el código penal en lo referente a la responsabilidad penal y la responsabilidad administrativa, de aquellas personas que conducen bajo los efectos del alcohol o algún tipo de otra sustancia que altere la capacidad de concentración de las personas al volante.

SIlva Facetti explicó que un hecho punible no se puede presumir y tiene que estar correctamente establecido. En la Ley actual, no se especifica el porcentaje de alcohol necesario para considerar al hecho como el delito de exposición al peligro en el tránsito terrestre.

“Decidimos presentar una modificación de tres artículos de la Ley Nacional de Tránsito. El artículo 111 que establece faltas leves, pasa directamente a faltas graves, para enviar un mensaje claro con respecto a la tolerancia que tendrá el gobierno con los conductores ebrios”, expresó el senador liberal.

La intoxicación alcohólica (falta grave) se considerará desde el 0,001 de alcoholizado en el aliento, hasta 0,199 de mg/l. En cuanto al alcohol en la sangre, falta grave será desde 0,001 hasta 0,399.

En relación a las faltas gravísimas, factor que no estaba cuantificado y fue razón del fallo judicial, serán consideradas desde 0,200 a 0,799 mg/l, en alcohol en aliento. En alcohol en la sangre, se tendrá en cuenta como falta gravísima desde 0,400 a 1,599 de mg/l.

El proyectista indicó que un hecho punible no se puede presumir, “tiene que estar expresamente establecido”, acotó.

Finalmente, Fernando Silva Facetti mencionó que la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que hace un análisis profundo de la legalidad y la constitucionalidad de nuestras leyes por el costo y por el daño que representa “requieren una solución inmediata”.