Cuestionan a la corte Suprema la no confirmación del fiscal Jalil Rachid

Fue durante una conferencia de prensa ofrecida en la fecha por la Asociación de Agentes Fiscales. En la oportunidad, el agente fiscal Ricardo Merlo, en representación de sus colegas, manifestó su profunda preocupación ante la no confirmación, sin expresión de fundamentos, del agente fiscal Jalil Rachid en su cargo, por lo que esto implica en el sistema de Justicia.

Resaltó que su no confirmación se debería presuntamente a una vinculación con el caso Curuguaty, lo cual fue mencionado públicamente por un ministro.

Por ese motivo, la Asociación de Agentes Fiscales considera que la decisión fue tomada de manera arbitraria y subjetiva, ya que el juzgamiento de los actos de un agente fiscal corresponde al Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y en este caso en particular, dicho órgano no hizo lugar sobre alguna denuncia en su contra por esta causa. Tras lo cual, se considera que no fue objetiva su desvinculación.

En ese sentido, “la decisión asumida compromete la seguridad jurídica al obligar al magistrado a tomar decisiones sujetas a una situación que afecta a la autonomía e independencia, sin fundamentos jurídicos, ni objetivos” refirió Merlo

A criterio del gremio, lo sucedido constituye un debilitamiento de la independencia y autonomía con las que debe contar todo magistrado para el cumplimiento de su función constitucional, pues se erige en principio básico el deber de fundamentar y motivar las decisiones.

“La no confirmación de un agente fiscal en su cargo, sin argumentos que lo justifiquen, podría ser el inicio de la ruptura de los principios de independencia que sostienen al sistema de Justicia en un Estado de Derecho, pues no se podrían tomar decisiones jurídicas razonables, sin el temor de perder el cargo, comprometiendo a su vez la seguridad jurídica al obligar al magistrado a tomar decisiones acorde a la situación para mantenerse en aquel”, señaló.

Finalmente, agregó que el fiscal Jalil Rachid cumple todos los requisitos establecidos en los artículos 254 y 270 de la Constitución de la República, goza de amplia trayectoria en el Ministerio Público y no se encuentra en proceso de enjuiciamiento en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados. Además, de los méritos valorados por el Consejo de la Magistratura, ha sido el mejor puntuado en su terna.