Sugieren aprobar declaración de emergencia de navegación en los ríos Paraguay y Paraná

Miembros de la Comisión de Obras de la cámara baja que preside el diputado Hugo Ibarra dieron dictamen de aprobación al proyecto de ley “Que declara estado de emergencia para la navegación en los ríos Paraguay y Paraná”.

El titular del bloque explicó que hicieron consultas técnicas al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), acerca de este proyecto y que las respuestas fueron favorables para la aprobación de dicha iniciativa.

“La respuesta del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones fue que acompañan dicho proyecto; se torna urgente la realización de trabajos de dragado en los ríos Paraguay y Paraná, por el bajo caudal de agua”, señaló el legislador Ibarra, tras la reunión.

La iniciativa, recordemos, autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda, a financiar los trabajos de dragado de los ríos Paraguay y Paraná con los saldos no utilizados, provenientes de la Ley Nº 6524/20, De Emergencia Sanitaria y/o a través de recursos captados a través del crédito público, hasta G. 147.000.000.000 o su equivalente USD. 21.000.000.

En otro orden de cosas, se postergó el estudio del proyecto de ley “Que establece medidas administrativas y financieras de emergencia para la protección de las inversiones realizadas en el país, por proyectos de inversión sujetas a la Ley de Minería, y sus modificatorias, contra los efectos económicos de la crisis generada por la Pandemia – Covid 19 o Coronavirus”.

Sobre el punto, el diputado Ibarra dijo que “se aguardará el informe requerido al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones, para su posterior consideración”.

El documento busca modificar, temporalmente, la Ley Nº 3180/07, De Minería, para permitir a los titulares de permisos y concesiones mineras continuar con los proyectos de inversión, pero flexibilizando los plazos de pagos de canon y los compromisos de inversión comprometidos de antemano.

Por último, fue dictaminado, favorablemente, el proyecto de ley “Que declara bienes del patrimonio cultural nacional, los vehículos terrestres, aéreos y fluviales; y las edificaciones utilizadas en la guerra del Chaco”.