Extienden vigencia de las sesiones plenarias virtuales a raíz de la pandemia

Por decisión de la plenaria, la Cámara de Diputados extendió, hasta el 31 de diciembre próximo, la vigencia de la modalidad de sesión presencial-virtual, que fue adoptada para cumplir con los protocolos sanitarios, debido a la pandemia del Covid-19.

También fueron modificados varios artículos del Reglamento Interno, a fin de establecer normas claras en lo que refiere a la asistencia o participación de los legisladores en las sesiones plenarias de carácter mixto.

Una de las puntualizaciones realizadas es que, de ninguna manera, el parlamentario tendrá participación o voto, ni formará parte del quórum, si se encuentra en el exterior.

Se estableció que aquellos diputados que decidan participar de las sesiones de manera virtual, deberán conectarse desde su despacho parlamentario en la Cámara de Diputados; su oficina parlamentaria departamental; o su domicilio, añadiéndose la palabra “particular”.
Asimismo, se especificó que en el caso de que el parlamentario deba trasladarse de un lugar a otro durante la sesión, deberá solicitar autorización de la Presidencia.

En el caso de que un diputado deba ausentarse del país, comunicará esta situación a la Presidencia y si la ausencia se produjera durante un día de sesión ordinaria o extraordinaria, el diputado no podrá participar de la misma, no formará parte del quorum, ni podrá participar de los debates y votaciones bajo ninguna de las modalidades de sesiones previstas, según las modificaciones.

En cuanto a las votaciones, en la modalidad presencial, se estableció que podrán ser nominales, mecánicas, electrónicas, levantando la mano o poniéndose de pie. Para los diputados que asistan de manera virtual, deberán mantener encendidas las cámaras de sus dispositivos electrónicos y exhibir tarjetas de color verde o rojo o amarillo, según la postura que asuman.

Se aclara, igualmente, que será nominal toda votación para los nombramientos que deba realizar la Cámara, o si así lo resuelve una quinta parte de los legisladores presentes, debiendo entonces consignarse en el Acta y en el Diario de Sesiones, los nombres de los sufragantes, con la expresión de su voto.

Se estableció, en el mismo sentido, que las votaciones nominales de los diputados que asistan a las sesiones de manera virtual, deberán mantener, indefectiblemente, encendidos la cámara y el micrófono de sus dispositivos electrónicos, a fin de visualizarse su participación y contabilizar su sufragio.

Por último, a sugerencia del diputado Justo Zacarías, se estableció que la vigencia de dichas disposiciones se extienda hasta el 31 de diciembre del corriente año, ya que, en principio, la validez se daría mientras duren las medidas sanitarias asumidas dentro del marco de la pandemia del Covid-19.