Resolución mediante, el Ministerio de Salud Pública anuncia el segundo pago en concepto de gratificación especial a funcionarios permanentes, personal contratado y comisionados de otras Entidades del Estado al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, afectados directamente a la atención de la pandemia del COVID 19, de conformidad a la disponibilidad presupuestaria aprobada para el efecto.
Se excluye de este pago, a los Viceministros, Directores Generales, Nacionales, Directores, Asesores de las Direcciones Generales, del Nivel Central y de aquellas dependencias del MSPyBS que no cumplen funciones asistenciales, además de aquellos que usufructuaron permisos con goce y sin goce de sueldo, entre el 01 de junio de 2020 y 31 de octubre del mismo año, y a los funcionarios permanentes que se encuentran comisionados a otras Entidades del Estado.
Igualmente, se excluye del segundo pago en concepto de gratificación especial al personal vinculado bajo el régimen Contractual por Excepción, cuya vigencia de contratación sea desde el 01 de noviembre de 2020, en adelante.
La Resolución también autoriza a la Dirección General de Recursos Humanos a elaborar la nómina de funcionarios y personal contratado, de conformidad a la planilla de pago de salarios del mes de octubre de 2020, así como de los funcionarios comisionados al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, beneficiarios del segundo pago en concepto de gratificación especial.
Finalmente, se autoriza a la Dirección General de Recursos Humanos a realizar modificaciones, ajustes, excepciones y exclusiones de funcionarios o personal contratado de las planillas de pagos en concepto de gratificación especial, en los términos de la Resolución.