A través del Decreto N° 5027/2021, el Poder Ejecutivo implementó un Régimen Excepcional y Transitorio para la regularización al contado de determinadas deudas impositivas.
El mencionado régimen establece un 0% de recargo o interés hasta el 30 de junio de 2021 para obligaciones tributarias vencidas correspondientes a periodos fiscales mensuales cerrados a diciembre de 2019 y las de ejercicios fiscales cerrados al 30 de junio de 2019, referidas a:
Certificados de deuda en gestión de cobro por parte de la Abogacía del Tesoro.
Determinaciones tributarias y sanciones en trámite en sede jurisdiccional.
Determinaciones tributarias y sanciones en procesos de gestión de cobro por parte de la SET.
Deudas impositivas y accesorios legales identificados y autodeclarados por el contribuyente.
Quien desee acogerse a este beneficio deberá abonar el monto total de la deuda únicamente al contado. Las deudas de aquel contribuyente que no se acojan al presente régimen, estarán sujetas a la tasa de interés o recargo establecido en el régimen general.
Los interesados pueden descargar de la página web www.set.gov.py el modelo referencial de nota para presentar la solicitud.
La nota de solicitud deberá ser remitida al correo abogacia@hacienda.gov.py de la Abogacía del Tesoro, a los correos gestion_documental@set.gov.py o regionales@set.gov.py de la SET, según corresponda.
Fuente: Ip