Una beba de 10 meses fue separada de su madre, quien tenía dificultades para brindarle la atención que requería por su edad y situación de salud, considerando que nació en forma prematura. Teniendo en cuenta la importancia de mantenerla en un entorno familiar, la defensora Adriana Marecos solicitó a la Dirección de Cuidados Alternativos (DICUIDA) del Ministerio de la Niñez y la Adolescencia, una familia acogedora acreditada que respondiera al perfil de la niña. Igualmente, requirió el trabajo técnico de mantenimiento del vínculo familiar, desde el inicio del proceso a fin de promover la temporalidad de la medida y la reintegración familiar.
Con el cuidado y el amor brindados por la familia acogedora, la niña mejoró en su salud y desarrollo. Igualmente, su madre participó debidamente del proceso, representada por la defensora pública Civil ante la Niñez, Celsa Medina. Sin embargo, enfrentó desafíos personales y sociales para lograr seguir las recomendaciones técnicas que le fueron brindadas por los equipos técnicos intervinientes.
Ante la imperativa necesidad de iniciarse el proceso terapéutico de mantenimiento del vínculo y las limitaciones expresadas por la DICUIDA, esta tarea fue delegada a otra unidad ejecutora de acogimiento familiar acreditada – Dulce semillita. Como resultado de ese trabajo de relevamiento y acompañamiento técnico a la niña, a su madre y a la familia ampliada, realizado en forma dinámica y efectiva en dos mes de arduo trabajo, se consideró la reintegración con una tía materna y su familia, quienes reúnen óptimas condiciones para recibirla y brindarle cuidado, protección y amor, además de mantener el vínculo con la madre.
Poco después de recibida la recomendación del equipo técnico, la defensora pública, Marina Soerensen, solicitó la audiencia respectiva, conforme al art. 44 de la Ley N°6.486/2020, estando presentes la madre y su Defensora Pública, la fiscal especializada y la defensora de la niña, así como la prima de la madre y la tía materna, acompañadas del equipo técnico responsable del trabajo. En dicha audiencia, tanto la madre como también la tía, afirmaron su intención que la niña sea cuidada por esta última. También dieron sus dictámenes favorables a ello la Fiscal y Defensora, respectivamente, como establece la ley.
El trabajo técnico y el acompañamiento cercano permitieron que la separación familiar durara el menor tiempo posible. Además, en cumplimiento al principio de concentración procesal, en dicha audiencia, todos pudieron dialogar y el Juzgado resolver en tan solo 3 días después. Por medio de una resolución fundada, ordenó la guarda a favor de la tía. La niña fue acompañada por su familia acogedora y el equipo técnico hasta su nueva casa, donde fue recibida con mucha emoción por sus tíos y primos. Igualmente sigue el proceso con miras a una respuesta definitiva para la niña.
La reintegración en familia ampliada es un paso importante y producto de un trabajo conjunto. Igualmente continúa el proceso con miras a una respuesta definitiva para la niña. El acogimiento familiar brinda una oportunidad para niños, niñas y adolescentes que requieren ser temporalmente separados de sus familias y les permite recibir amor y cuidado en un entorno seguro. Fuente: Defensa Pública