El Ministerio Público logró condena por Violación a la Ley Nº 834 del Código Electoral paraguayo. Fueron condenados los ciudadanos Andrés David Benítez y Alcides López Brítez a dos años de pena privativa de libertad con suspensión a prueba de la ejecución de la condena, mediante procedimiento abreviado. El Ministerio Público fue representado por el agente fiscal de Villarrica, Érico Alfredo Ávalos Alvarenga.
La suspensión a prueba de la ejecución de la condena se obtuvo bajo las siguientes reglas de conducta: fijar un domicilio fijo, el cual no podrá ser cambiado sin previa autorización del Juzgado; comparecer ante el Juzgado de Ejecución en forma trimestral a los efectos de suscribir el registro correspondiente y la prohibición de salir del país, sin autorización del Juzgado.
Refieren los antecedentes del caso que el hecho ocurrió en fecha 10 de octubre del corriente año en horas de la tarde, en el Centro Regional de Natalicio Talavera del barrio Ybaroty de la ciudad de Villarrica. Los hoy condenados se encontraban en el lugar de votación y tenían cédulas de posibles electores. Tras la denuncia, se pudieron incautar del poder de los mismos un total de 8 cédulas que no pudo justificar.