El diputado Derlis Maidana presentó un proyecto de ley “Que modifica el artículo 1º de la Ley Nº 2.018/02, Que autoriza la libre importación de vehículos, maquinarias agrícolas y maquinarias de construcción usados, y sus modificatorias leyes Nº 2.153/03 y 4.333/11”.
La intención es suprimir lo establecido en el Art. 1°, que habla de la prohibición de importar vehículos usados, cualquiera sea su procedencia y modelo, con una antigüedad mayor a diez años, contados a partir del año de su fabricación hasta la de su despacho en el lugar de origen.
Recordemos que a partir de 2011, entró en vigencia la Ley 4.333/11, que regula la importación de vehículos con más de 10 años de uso para el parque automotor paraguayo.
A pesar de que esta ley establece que no se puede importar rodados con más de 10 años, varias empresas e importadores consiguieron, a lo largo de estos años, sentencias y medidas judiciales para seguir importando ese tipo de vehículos.
El proyectista destaca en su exposición de motivos que, el texto actual de la ley afecta no solo a los importadores de un determinado producto, sino también a los posibles consumidores.
“El estado debe establecer reglas de equilibro entre los ofertantes y la demanda, a través de normas que los ubique en pie de igualdad para el beneficio de la generalidad”, refiere el documento de justificación.
Agrega que, con la disposición actual, se tiende a la conformación de un monopolio de las empresas que solo se dedican a la venta de vehículo nuevos, en contravención al mandato constitucional en relación con la prohibición de la creación de esta figura legal.
El diputado Maidana aduce que, demás esta señalar que el buen estado de un vehículo no depende de su antigüedad, sino por el uso que se dé a los mismos. “Un vehículo con tres o cinco años de antigüedad de fabricación, puede estar en peores condiciones que uno con mayor a 10 años de fabricación, y que se encuentra en perfectas condiciones mecánicas y de confort para el usuario”, significó.
Expone, además, que de esta manera se evidencia la responsabilidad de las municipalidades en el otorgamiento de las respectivas habilitaciones vehiculares.
“Autorizase la libre importación de vehículos usados de cualquier procedencia y modelo…”, dice el texto inicial del Art. 1° de la referida disposición legal.
Tras su ingreso al circuito legislativo, el proyecto fue derivado, para su estudio y consideración, a las comisiones de Asuntos Económicos y Financieros; Legislación y Codificación; Justicia, Trabajo y Previsión Social; Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo; y en la de Equidad Social y Género. Fuente: Diputados