El diputado Juan Manuel Ayala Acevedo impulsó la aprobación de un proyecto de declaración “Que insta al Poder Ejecutivo a dar celeridad a la reglamentación de la Ley 6.396/2019, que modifica el artículo 46 de la Ley Nº 5.876 – De administración de bienes incautados y decomisados, en el plazo no mayor de 90 días”.
El visto bueno de la Cámara Baja se dio en el espacio de las mociones de tratamiento sobre tablas de la sesión ordinaria de esta semana.
La normativa recuerda que la Secretaría Nacional de Bienes Incautados y Decomisados (SENABICO), tiene la misión de ser una entidad especializada, eficiente y transparente en la administración, conservación y destino de los bienes de interés económico, incautados, comisados o declarados en abandono, que generan recursos para la prevención de hechos punibles, rehabilitación de adictos y reinserción social.
En tal sentido, evoca que la ley 6.396/2019, que modificó el artículo 46 de la ley 5.876, determina el destino de esos bienes y establece que el 50 % debe ser para financiar proyectos de rehabilitación de adictos y reinserción social, así como para proyectos de prevención de lavado de activos; crimen organizado; financiamiento del terrorismo; y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva y narcotráfico.
El último párrafo del artículo 46 establece que las condiciones para la presentación y selección de proyectos deben ser reglamentadas por Decreto.
“Sin embargo, a casi tres años de la promulgación de la ley, el Poder Ejecutivo no ha reglamentado la misma, lo que significa que el 50 % que estipula el artículo 46 está sin ejecutarse e impide que la SENABICO cumpla con su misión institucional”, manifestó el legislador proyectista.
Añadió que es imperiosa la reglamentación “ya que la ley hace mucha falta en lo que se refiere al porcentaje que debe ir destinado a la rehabilitación de adictos, atendiendo al aumento en el consumo de drogas en nuestro país”. Fuente: Diputados.