La Cámara de Diputados dio visto bueno a un proyecto de declaración “Que respalda las acciones adoptadas por el Poder Ejecutivo como medidas de reivindicación del pleno respeto a los instrumentos internacionales vigentes que garantizan la libre navegabilidad en igualdad de condiciones en la Hidrovía Paraguay – Paraná”.
La decisión fue asumida en el espacio de las mociones de tratamiento sobre tablas de la sesión ordinaria.
Esto se enmarca en el actual conflicto con el vecino país, Argentina, debido al cobro de peaje en la Hidrovía Paraná – Paraguay.
La declaración fue impulsada por diferentes líderes de bancada como una acción política de apoyo institucional hacia el accionar que impulsa el gobierno del presidente Santiago Peña en torno al tema.
Según expresa el documento, esto se centra en la decisión unilateral de la República Argentina, de cobrar injusta y arbitrariamente un peaje a las embarcaciones que navegan por la Hidrovía.
Menciona lo expresado por el diplomático y especialista uruguayo en derecho marítimo, Edison González Lapeyre, quien manifestó: “Lo resuelto por las autoridades argentinas es un error jurídico, político y diplomático”.
Es importante destacar que la República Federativa del Brasil; el Estado Plurinacional de Bolivia; la República del Paraguay; y la República Oriental del Uruguay, han emitido un comunicado conjunto donde lamentan las medidas adoptadas por la República Argentina, pues representan “una violación de letra y espíritu del Mercosur”.
“De letra, porque viola tratados internacionales en la materia, que sustentan los derechos reclamados por el Paraguay, mediante instrumentos bilaterales y multilaterales”, remarca.
La argumentación refiere que en lo que respecta a la libre navegación de los ríos Paraguay y Paraná, se vulneran los tratados suscriptos por Paraguay y Argentina en 1852, 1856 y 1876.
Subraya que las medidas adoptadas violan preceptos de “espíritu”, porque representan una conducta precisamente contraria a los objetivos del Mercosur.
A su vez, indica la existencia del Acuerdo de Transporte Fluvial por la Hidrovía Paraguay – Paraná (1992), conocido como “Acuerdo de Santa Cruz de la Sierra”, que en su artículo 1° establece que el objeto es facilitar la navegación y el transporte comercial, fluvial, longitudinal en la Hidrovía.
Uno de los principales artículos de la normativa destaca que desde la Cámara Baja se acompañará la medida soberana de retirar el 100 % de la energía que le corresponde a Paraguay de la hidroeléctrica Yacyretá.
Igualmente, en el artículo 3°, se expresa apoyo a la decisión de utilizar el “Protocolo de Olivos para la Solución de Controversias en el Mercosur”, como herramienta de negociación para la resolución de divergencias entre estados parte.
El proyecto de declaración exhorta a la República Argentina a la observancia del Derecho Internacional, como único medio para la aplicación de medidas acordadas en las normativas suscriptas.
Por último, se decidió remitir el documento al Parlamento del Mercosur, a través de la delegación paraguaya, a fin de que este organismo tome conocimiento y arbitre medidas de mediación entre los gobiernos, por las consecuencias que podrían suscitarse como resultado de una política punitiva a raíz del reclamo justificado de Paraguay ante la persistente medida unilateral de Argentina. Fuente: Diputados