Sancionan declaración de emergencia en departamentos del Chaco

Los diputados, en sesión extraordinaria, dieron aprobación al proyecto de ley “Que declara en situación de emergencia nacional a los departamentos de Presidentes Hayes, Boquerón y Alto Paraguay”, que ya cuenta con visto bueno del Senado, igualmente. El documento fue sancionado y se remite al Poder Ejecutivo para la promulgación.

Los diputados Rocío Vallejo, Francisco Petersen, Carlos López, José Adorno, entre otros, argumentaron a favor de la propuesta.

El legislador Petersen remarcó que se está haciendo un trabajo de asistencia muy importante en la región, con agua, provista, entre otras cuestiones, cada semana, pero la situación es dura y amerita la declaración del Congreso.

“Hay apoyo para el Chaco pero es importante aprobar esta declaración de emergencia nacional”, esgrimió.

Seguidamente, el parlamentario Carlos López acompañó la propuesta pero sugirió instar al Poder Ejecutivo a la urgente solución del tema “Acueducto”.

El proyecto surgió ante la grave situación que atraviesan actualmente los pobladores de los departamentos de la Región Occidental, por causa de la profunda sequía que afecta a la región y que ya ha causado incalculables daños económicos y sociales.

“Como representantes del pueblo nos solidarizarnos con nuestros hermanos compatriotas chaqueños por el difícil momento que atraviesan y a través de esta propuesta pretendemos hacer uso de los mecanismos más urgentes y efectivos que nos confiere la Constitución Nacional; y con el acompañamiento de los organismos concurrentes en el marco de la Ley N° 2.615/2005, coordinar con diligencia y celeridad las acciones que puedan paliar de alguna manera la situación descripta”, argumenta la exposición de motivos.

La declaración tiene como base el artículo 202, numeral 13, de la Constitución Nacional, “para combatir la grave sequía registrada en este territorio de la República del Paraguay”, según refiere el texto.

Los ministerios dependientes del Poder Ejecutivo; la Secretaría de Emergencia Nacional (SEN); y los organismos concurrentes por la Ley N° 2.615/2005, deberán adoptar medidas conducentes para cooperar con las comunidades indígenas, pobladores y productores de los departamentos que están en situación crítica, mediante asistencia técnica y crediticia oportuna.

También deberán imprimirse medidas sanitarias y de asistencia social urgentes. Fuente: Diputados