Fiscalía ratifica pedido de desestimación de denuncia contra Arévalo y Paciello

Luego de examinar las constancias obrantes en el cuaderno de investigación fiscal, la fiscal adjunta Patricia Rivarola consideró pertinente ratificar los argumentos de la agente Patricia Sánchez. Es en relación a la desestimación de la denuncia al titular del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, Orlando Arévalo y Oscar Paciello, quien el año pasado fue presidente del Consejo de la Magistratura.

El relato fáctico del escrito presentado refiere que Arévalo habría obtenido su título de abogado de la Universidad Leonardo Da Vinci en el 2014, sin haber cumplido con la malla curricular de la carrera, ocupando el cargo de presidente del JEM sin reunir los requisitos constitucionales.

Prosigue el escrito mencionando que, por su parte, entre los meses de septiembre y octubre del año pasado, Paciello habría utilizado su posición como presidente del Consejo y como parte del JEM, para presionar a ciertos magistrados con el fin de obtener resoluciones favorables para los abogados que apoyaron su campaña, y así reunir los votos necesarios para ser reelegido como representante del gremio de abogados ante el Consejo.

Los referidos hombres fueron denunciados por la fiscal Cassey Giménez: Arévalo por la presunta producción de documentos no auténticos y uso de documentos públicos de contenido falso, y Paciello por presunto tráfico de influencias.

La fiscal adjunta Rivarola fundamenta que se recabaron una serie de informes, como ser documentos del Ministerio de Educación y de la Universidad Leonardo Da Vinci. Entre ellos, el registro de asistencias y de títulos, el origen de la universidad como también la inscripción de Arévalo como abogado ante la Corte Suprema de Justicia. Asimismo, declaraciones testificales, entre otros.

La fiscal Sánchez pidió la desestimación al considerar que los hechos denunciados contra Arévalo no se encuadran a los tipos penales tipificados en el escrito de la denuncia presentada. Respecto a Paciello, indicó que no existen indicios fácticos suficientes sobre la existencia de un hecho punible, por lo que no corresponde iniciar una investigación.