Diputados aprueba proyecto que eleva penas por robo de energía eléctrica

Se trata del proyecto de ley “Que modifica el artículo 173 de la Ley Nº 1.160/1997 – Código Penal”, que refiere al hecho punible de sustracción de energía eléctrica. Finalmente, la propuesta fue resultado de una fusión de dos proyectos provenientes del Senado.

La modificación que se pretende en el artículo 173 establece que la conducta de sustracción de energía eléctrica, tipificada ya con pena privativa de libertad de hasta cinco años o con multa, será castigada con pena carcelaria de entre dos y diez años, más el comiso de los elementos o dispositivos utilizados para el efecto.

Estipula que lo comisado será entregado como propiedad a la Administración Nacional de Electricidad (ANDE), y que también será castigada la tentativa y quedará autorizada la persecución de oficio por parte del Ministerio Público.

El diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA-Paraguarí), presidente de la Comisión de Legislación y Codificación, detalló que el objeto es apoyar el deber del Estado y ejecutar acciones concretas para el eficaz suministro de la energía eléctrica.

Por tanto, dijo que se apunta a diseñar estrategias para moldear conductas sociales que eliminen los factores causales que ilegítimamente puedan comprometer la provisión de tan importante servicio público.

“Las industrias mineras de criptomonedas, mediante el uso clandestino de energía eléctrica, generan grandes perjuicios económicos a las arcas del Estado, así como a los ciudadanos que se ven perjudicados por la insuficiencia del servicio público. Por eso es necesario actualizar las disposiciones contenidas en el artículo 173 de nuestro Código Penal”, explicó.

La iniciativa propone que en los hechos punibles de sustracción de energía eléctrica de manera ilegal, quede elevada la pena privativa de libertad, hasta 10 años, en los casos graves, como los de fines comerciales, industriales o alguna otra actividad lucrativa donde se abuse de una posición.

El parlamentario recordó que las penas van solo hasta los tres años en la ley original.

El diputado Derlis Rodríguez expresó que ambos dictámenes coinciden en que se debe elevar la pena por la sustracción.

Consideró que se trata de un flagelo que se observa día a día y habló de las popularmente conocidas como “granjas mineras ilegales”, donde el trabajo que se realiza es totalmente perjudicial para el Estado paraguayo, generando tremendas pérdidas, pues no abonan por el consumo de energía.

Especificó que una de las modificaciones sugeridas por su persona se centra en que se debe agregar la incautación de maquinarias y, posteriormente, entregarlas a la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico), para su posterior administración con la ANDE.

“Cada minera necesita, como mínimo, una inversión de 500 mil dólares. Hoy le están perjudicando al Estado las mineras ilegales. Entonces se podría recuperar eso con la incautación”, afirmó.

En ese contexto, dijo que es la única manera de evitar que sigan trabajando ilegalmente.

El parlamentario pidió al pleno que se respalde la elevación de pena, primeramente; y en segundo término, un corte definitivo a través de la incautación de maquinarias y que sean administradas por la Senabico y la ANDE.

Vale indicar que otro de los planteamientos apunta al artículo 2°, que quedaría como sigue: Incautación y administración de los bienes utilizados o producidos en la realización del hecho punible previsto en el artículo 173 de la Ley Nº 1.160/1997 – Código Penal.

“El Ministerio Público Fiscal incautará los elementos utilizados y los objetos destinados a la realización o preparación del hecho punible previsto en el artículo 173 de la Ley Nº 1.160/1997 – Código Penal”, refiere, seguidamente.

La Senabico deberá, por petición de la ANDE, asignarle a este último el uso, depósito o administración provisional de los bienes incautados.

Una vez seguidos los trámites legales por parte de dicha secretaría, el producto de la venta anticipada de los bienes incautados, luego de declarado el comiso, será también destinado a la Ande.

Tras el correspondiente debate, la plenaria se allanó a las modificaciones sugeridas por el parlamentario Derlis Rodríguez y el proyecto de ley tuvo visto bueno. El documento vuelve al Senado. Fuente. Diputados