Aprueban con modificaciones ley de pensión Universal para adultos mayores

Se trata del proyecto de ley “Que establece la pensión universal para las personas adultas mayores y dispone beneficios de acceso e inclusión”, ya aprobado en general, la semana pasada. Esta iniciativa cuenta con media sanción del Senado.

El proyecto busca la universalidad del beneficio para los adultos mayores en condiciones de vulnerabilidad y, en uno de sus puntos resaltantes, elimina el mecanismo del censo que actualmente está a cargo de las municipalidades.

Cristina Villalba, presidenta de la Comisión de Presupuesto expresó que los adultos mayores de los pueblos originarios accederían al beneficio a los 55 años; y las personas con discapacidad lo harían desde los 60 años.

Mencionó que está prevista la creación de un fondo universal de pensiones para los adultos mayores, a fin de incluir 30 mil nuevos beneficiarios, a partir del inicio del programa.

“Esto sería implementado de manera gradual, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria”, aclaró.

El documento fue aprobado con algunas modificaciones y volverá al Senado para el siguiente trámite.

En el inicio del debate se solicitó que una de las modificaciones refiera a la edad de las personas con discapacidad, eliminando la base de 60 años, pero se explicó que esto trata de una ley para personas adultas mayores en situación de vulnerabilidad, por lo que no fue aprobada la petición.

En la generalidad, la meta es incluir de forma anual a 30 mil nuevos adultos mayores, mínimamente; aplicándose la inscripción automática y eliminando el censo de inscriptos, con el objetivo de la universalidad para los adultos mayores en condiciones vulnerables, a partir de los 65 años, priorizando a las personas de mayor edad.

En el artículo 5° se establece lo relativo a la inclusión automática.

El apartado, además, indica que una vez que las personas cumplan la edad de 65 años, para ser beneficiarias, no deberán ser contribuyentes; tener más de 30 cabezas de ganado vacuno; o contar con algún otro beneficio del Estado.

Expresa que el Ministerio de Desarrollo Social establecerá mecanismos de articulación entre instituciones como: Dirección General del Registro del Estado Civil; Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional; Instituto Paraguayo del Indígena; Secretaría Nacional por los Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad; Cajas de Jubilaciones y Pensiones; Servicio Nacional de Calidad y Salud Animal; entre otras dependencias, para implementar y controlar la incorporación automática.

En el artículo 11°, el diputado Marcelo Salinas, solicitó incluir un agregado acerca de que se deberá remitir las planillas de los beneficiarios a las juntas municipales a efecto informativo.

El pedido generó debate pues varios congresistas consideraron que sería retroceder en la conquista de despolitizar la cuestión.

“Se terminará con la intermediación política. Además, la información estará a solo un click”, dijo la diputada Rocío Abed.

El diputado Hugo Meza abonó la tesis al referir que esto podría dar lugar a una tergiversación en el proceso de inclusión.

Luego de un acuerdo inter bancadas, el pleno aprobó la solicitud de dar participación a los estamentos municipales.

“Se podrá remitir a la Junta Municipal y a los Municipios, a través de los pedidos correspondientes”, dice el texto acordado.

Las restricciones también fueron puntos de debate, como ya se había anticipado la semana pasada, en ocasión de la aprobación en general.

El artículo 12° esgrime que no podrán acogerse quienes reciban alguna remuneración del sector público o privado, tales como sueldo; jubilación; pensión; y el asegurado cotizante del seguro social.

Tampoco quienes contribuyan al Impuesto a la Renta, en todas sus modalidades; y aquellos que tengan más de 30 cabezas de ganado.

Un sector pidió que se teste el ítem relacionado a las cabezas de ganado; pero se decidió mantener el texto de la Comisión de Presupuesto.

Por último, en el artículo 14° (tipificación penal), la diputada Rocío Vallejo, solicitó cambio de acápite y un agregado sobre la sanción: “para que no queden dudas de que se busca la transparencia”.

El texto sugerido fue: “De la sanción penal – El funcionario que realice la inclusión, suspensión o exclusión por hechos, condiciones o exigencias distintas a las previstas en la presente ley, será sancionado con pena privativa de libertad de hasta tres años o multa”. Tras su aprobación, el documento vuelve al Senado. Fuente:Diputados.