Se trata de la modificación de le ley de protección y bienestar animal en sus artículos 32 y 38, buscando fortalecer el marco jurídico vigente para asegurar una protección efectiva y real de los animales frente a abusos, maltratos, tortura, mutilaciones, zoofilia y otros actos de crueldad a fin de castigar severamente a los autores.
El maltrato animal antes era calificado como un delito y su expectativa de pena era por debajo de 5 años de prisión y con las modificaciones introducidas en la ley, ahora un caso grabe de maltrato es calificado como crimen y la pena puede llegar a 6 años, es decir, ya son carcelables.
Es decir, la nueva ley establece que las conductas contempladas como ´muy graves´ en la legislación actual, se conviertan en hechos punibles contra la protección y bienestar animal, lo que permitirá que sean considerados de acción penal pública y castigadas con pena la privativa de libertad de hasta seis años.
Varios legisladores expresaron su apoyo a la propuesta de normativa que ya contaba con la media sanción del Senado, y en mayoría el pleno decidió sancionar la ley y remitir al Poder Ejecutivo, para su promulgación o veto.