La Cámara de Diputados, en sesión ordinaria de la fecha, aprobó con modificaciones y devolvió a la cámara de origen (Senadores), el proyecto de ley “Que crea juzgados y tribunales especializados en materia de violencia contra la mujer”.
El documento establece la creación de una jurisdicción especializada en violencia contra las mujeres, compuesta por juzgados de Primera Instancia y tribunales especializados en esta materia, para entender y decidir en las causas que surjan como consecuencia de hechos de violencia.
La diputada Dalia Estigarribia (PLRA-Central), como vocera de la Comisión de Niñez y Adolescencia, defendió el documento en la versión Cámara de Senadores. “Tan solo en un lapso de dos meses, acumulamos 7.513 denuncias de mujeres víctimas de violencia, que se traducen en 127 eventos por día. Tenemos 12 feminicidios por día, 14 tentativas, 229 denuncias de violación y coacción sexual, 20 denuncias de acoso sexual y lo peor es que ocurre dentro del entorno familiar”, detalló.
En ese sentido, mencionó que esta problemática necesita un abordaje con profesionales especializados, “con el fin de evitar la revictimización que se da en la actualidad con las mujeres que se encuentran deambulando en los tribunales”, lamentó.
A su turno, la diputada Rocío Abed (ANR-Alto Paraná), como titular de la Comisión de Equidad Social e Igualdad de Derechos del Hombre y la Mujer, presentó ante el pleno las modificaciones trabajadas por el estamento a su cargo, las cuales pretenden el cambio de la visión del proyecto original, “en el sentido de crear juzgados en materia de violencia dentro del grupo familiar, protegiendo a todo el grupo familiar y no solamente a la mujer”, según explicó.
Asimismo, mencionó que en el país existe mayor violencia hacia las mujeres, algo innegable, “pero también es muy cierto que existe cada día más violencia hacia los integrantes del grupo familiar”.
“Respondiendo a la necesidad de garantizar la protección de todos los integrantes de la familia y no solamente para las mujeres, la propuesta de la Comisión se enfoca en hombres, mujeres, niños y personas con discapacidad que conforman la familia”, anunció.
Finalmente, expuso que también fue incluido un programa de rehabilitación y apoyo psicosocial tanto para víctimas como para agresores.
“Esto responde a la necesidad de ampliar el enfoque de la justicia especializada en la familia que sufre de violencia”, esgrimió la legisladora Abed.
Por otro lado, a instancias del diputado Rodrigo Blanco la plenaria acordó testar el Art. 15 del proyecto, que habla de la creación de un registro de agresores.
En votación, el pleno aprobó la versión modificada por la Comisión de Equidad Social e Igualdad de Derechos del Hombre y la Mujer.
Principales modificaciones introducidas
En vista que, las modificaciones apuntan al cambio de enfoque, ya que se centra en la violencia del grupo familiar, el acápite del mismo sufre las primeras modificaciones, el cual quedaría de la siguiente manera: “Que crea juzgados y tribunales especializados en materia de violencia dentro del grupo familiar”.
En el artículo 1°, al respecto del objeto de la Ley, queda de la siguiente manera: Tiene por objeto la creación de juzgados y tribunales especializados en materia de violencia dentro del grupo familiar, que abarquen todos los tipos de violencia conforme a la Ley N° 1600/ 2000 “Contra la violencia doméstica” y la Ley N° 5777/2016 “De protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia”, sin distinción de sexo, con el fin de garantizar a los miembros de la misma una respuesta inmediata.
El artículo 2, al respecto de los alcances, establece que los bienes jurídicos tutelados por esta ley son: la vida, la integridad física, psicológica, sexual, patrimonial y económica, así como el desarrollo psicoemocional de los integrantes del grupo familiar.
En ese sentido, se promoverá la igualdad de protección para todas las personas en situación de vulnerabilidad: mujeres, hombres, niños, niñas, adolescentes, personas adultos mayores y personas con discapacidad.
El apartado que habla acerca de los juzgados y tribunales especializados en materia de violencia dentro del grupo familiar, establecido en el artículo 7°, se crearán los juzgados y tribunales especializados en materia de violencia dentro del grupo familiar, en forma progresiva.
Ello teniendo en cuenta los índices más elevados de violencia, en capital y los departamentos, hasta alcanzar la totalidad de las mismas en un plazo máximo de siete años, con competencia para entender y decidir en las materias establecidas, y que se les atribuyen por virtud de la presente ley, conforme se detalla a continuación:
Juzgados especializados en materia de violencia dentro del grupo familiar; tribunales de sentencia especializados en materia de violencia dentro del grupo familiar; juzgados de ejecución especializados en materia de violencia dentro del grupo familiar.