Los agentes fiscales anticorrucpión, Silvio Corbeta, María Verónica Valdéz y Yeimy Adle Mónges, solicitaron a los ministros de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia destrabar la causa n.° 4.524 /2020 Miguel Prieto Vallejos y otros s/ lesión de confianza”, a fin de continuar con la etapa procesal (etapa intermedia) y las demás diligencias del proceso y evitar las actuaciones dilatorias. En ese sentido, se requirió declarar inadmisible el recurso de Apelación General interpuesto por el procesado, a través de sus abogados defensores Gilda Portillo y Guillermo Ferreiro, y resolver la recusación contra el juez penal especializado, Humberto Otazú.
La defensa técnica había planteado el recurso contra el Auto Interlocutorio n.° 158 de fecha 02/08/2024, dictado por la Cámara Especializada de Delitos Economicos, que dispuso no hacer lugar a la recusación de los abogados citados anteriormente contra el juez Penal de Garantías Especializado en Delitos Económicos, Primer Turno, Humberto Otazú.
La solicitud de los agentes fiscales se sustenta en que la ley procesal establece los requisitos para la adminisibilidad del recurso, tales como la presentación en escrito debidamente fundado ante el mismo juez que dictó la resolución y dentro del plazo, y teniendo en cuenta que la resolución puede ser objeto de recurso.
El Código Procesal Penal (CPP) solo prevé los recursos extraordinarios de Casación y Revisión en contra de las resoluciones que provengan de la Cámara de Alzada, siempre y cuando en el primero de los casos, (Casación) se trate de Sentencias Definitivas (SD), dictadas en esta instancia. Asimismo, en caso de resoluciones que pongan fin al procedimiento, tales como las que extinguen la acción o la pena o denieguen la extinción, comutación o suspensión de la pena.
En ese orden, el Tribunal de Apelaciones Especializado de Delitos Económicos 2ª Sala, dictó el A.I. n.° 158 de fecha 02/08/2024 y por lo tanto no hizo lugar a la recusacion que planteó la defensa, contra el juez Humberto Otazú, el cual fue planteado por el recurso de Apelación General.
La Fiscalía anticorrupción solicitó además, a la Corte, que se aplique una sanción disciplinaria contra los abogados defensores por el ejercicio abusivo del derecho.
Los procesados son Miguel Prieto y Francisco Raimundo Arrúa Alvarez, en calidad de autores. En tanto, Buenaventura Morínigo, Emili Vanessa Florentín Páez, Robert Osmar Florentín Silvero, Maggi Elizabeth Fariña Almada, Sebastián Martínez Insfrán, Alex Samhat, Higinio Acuña, Cirle Elizabeth Alcaraz Ramírez y Nelson Alexis Segovia Acevedo, por el hecho de lesión de confianza, administración en provecho propio, en calidad de cómplices y de asociación criminal, en calidad de coautor.
La Fiscalía investiga la supuesta lesión de confianza en el caso de la presunta compra amañada de 25.000 cestas de alimentos, que habría generado un perjuicio patrimonial de G. 1.769 milllones a la comuna esteña. La administración de Prieto, supuestamente, bajo la vía de la excepción, llamó a una licitación en marzo de 2020 para la compra de kits alimentarios destinados a familias de escasos recursos durante la pandemia del Covid 19.