Analizarán proyecto que regula el blindaje balístico para vehículos de uso especial

Se trata del proyecto de ley “Que establece estándares y regula el blindaje balístico para vehículos de uso especial”, y que será objeto de estudio en la Comisión de Industria, Comercio, Turismo y Cooperativismo”, que preside el legislador Héctor Figueredo durante su reunión ordinaria prevista para este lunes.

La iniciativa tiene por objeto establecer estándares y requisitos técnicos basados en normas internacionales para la fabricación, importación, comercialización, instalación, certificación y verificación del blindaje balístico de vehículos destinados a la seguridad pública, seguridad privada, transporte de valores y traslado de personas de alta peligrosidad.

De acuerdo con los proyectistas, la propuesta busca garantizar la calidad, eficacia y transparencia de estos sistemas de protección, con el fin último de salvaguardar la vida del personal de seguridad y de la ciudadanía en general, que actualmente pueden verse expuestos a riesgos debido a la falta de una regulación homologada y de cumplimiento obligatorio.

Asimismo, el proyecto designa al Ministerio del Interior como la autoridad de aplicación, encargada de la regulación, el control y la sanción del cumplimiento de la normativa.

Según la exposición de motivos, actualmente, existe un vacío regulatorio en materia de estandarización y certificación del blindaje balístico aplicado a vehículos. “Esta ausencia ha dado lugar a un mercado heterogéneo donde la calidad, eficacia y transparencia de los materiales y procesos de blindaje no están sujetos a una verificación obligatoria y homologada”, refiere.

El texto añade que la proliferación de “blindajes artesanales” o que no cumplen con normas técnicas internacionalmente reconocidas, “pone en grave riesgo la vida de los ocupantes de estos vehículos, pudiendo generar una falsa sensación de seguridad con consecuencias potencialmente fatales”.

Para los proponentes, resulta imperativo que el Estado establezca un marco jurídico que exija el cumplimiento de normas internacionales, tales como las establecidas por el Instituto Nacional de Justicia de los Estados Unidos (NIJ), la Asociación Alemana de Acreditación de Vehículos de Protección (VPAM, por sus siglas en alemán) o los estándares de la Unión Europea (EN 1063, EN 1522/1523), las cuales definen con precisión los niveles de protección contra diferentes calibres de armas de fuego y explosiones.

El proyecto, en uno de sus artículos, busca establecer que todo vehículo blindado destinado a los usos ya descritos, deberá contar con una certificación de blindaje balístico expedida por un laboratorio acreditado nacional o internacional, que garantice su conformidad con uno o más niveles de protección definidos en las normas internacionales de referencia.

Detalla, en otro artículo, el proceso de blindaje, el cual deberá incluir, como mínimo: la certificación del material balístico utilizado; la certificación del vidrio blindado; la certificación final del vehículo completo, que demuestre la integridad del sistema de blindaje tras su instalación; y la colocación de una placa de identificación inviolable en el vehículo, que indique el nivel de protección, la norma cumplida, el nombre del certificador y la fecha de expedición.

El Ministerio del Interior deberá llevar un Registro Nacional de vehículos blindados destinados a los usos de esta normativa, así como de los talleres y empresas instaladoras autorizadas. Además, deberá establecer los procedimientos para la inspección y verificación de estos rodados.

Finalmente, se concede a esta cartera de Estado un plazo de 180 días, a partir de la entrada en vigor de la ley, para emitir el reglamento correspondiente y el catálogo oficial de normas y laboratorios acreditados, así como para implementar dicho registro nacional. Fuente: Diputados