La agente fiscal María Angélica Insaurralde habría omitido considerar informes de la Dirección General de los Registros Públicos y del Servicio Nacional de Catastro al formular imputación contra la abogada Michelle Byun y seis directivos de la Asociación Espíritu Santo, según sostuvo el representante legal de la organización, Francisco de Vargas.
De acuerdo con el abogado, la causa se originó a partir de una denuncia presentada a finales del año pasado por el abogado Esteban Sarubbi, vinculada a la supuesta transferencia de inmuebles de la Asociación a favor de su abogada patrocinante, en el marco de un litigio por regulación de honorarios.
“Es una imputación sin sustento, sin indicios, sin elementos fácticos que la sostengan. Es una imputación temeraria. Lo que está haciendo la fiscal María Angélica Insaurralde, desde mi punto de vista, puede configurar mal desempeño de funciones”, expresó De Vargas.
Según explicó, la denuncia sostiene —“en palabras más, palabras menos”— que la Asociación Espíritu Santo está desde 2024 transfiriendo inmuebles a su abogada Michelle Byun y que por eso no se habría podido concretar un embargo ordenado judicialmente dentro de un proceso de regulación de honorarios profesionales.
PAGO DE HONORARIOS. El representante legal sostuvo que las transferencias de inmuebles a favor de Byun se realizaron como forma de pago de honorarios profesionales ante la falta de liquidez de la institución.
“Es cierto que la Asociación ha transferido bienes a su abogada, pero lo ha hecho en concepto de honorarios profesionales, porque no puede pagarle y no tiene disponibilidad de efectivo. Además, esa decisión fue tomada por la asamblea antes de que este abogado inicie su juicio de regulación de honorarios”, afirmó.
OBVIADOS. De Vargas señaló que, dentro de la carpeta fiscal, constan informes de Registros Públicos que indicarían que la Asociación aún mantiene numerosos bienes a su nombre, lo que —a su criterio— debió ser valorado antes de imputar.
“Y Registros Públicos informó que la Asociación Espíritu Santo todavía tiene a su nombre 38 inmuebles, cuyas superficies sumadas superan las 230.000 hectáreas en el territorio nacional y cuyo valor es muy superior a los USD 1,5 millones”, señaló.
Añadió que uno de los inmuebles identificados —la finca número 347— cuenta con 3.704 hectáreas y continúa registrado a nombre de la Asociación, conforme a los documentos oficiales incorporados al expediente.
ERRORES EN MANDAMIENTO. El abogado también cuestionó que no se haya considerado que los intentos de embargo fracasaron por errores materiales en los mandamientos, de acuerdo con reportes del oficial de justicia interviniente.
Según indicó, los documentos presentaban “errores de tipeo”, falta de fecha y equivocaciones en el número de resolución, entre otros defectos formales, incluyendo datos incorrectos sobre la finca 347.
“Esos errores no pueden ser jamás una circunstancia atribuible a los denunciados —la abogada Byun y los miembros de la Asociación Espíritu Santo—. Al contrario, es una situación que los exculpa. Sin embargo, la fiscal María Angélica Insaurralde formula imputación contra Michelle Byun y otros seis miembros de la junta directiva de la Asociación. Esto es gravísimo. Roza el hecho punible de persecución de inocentes”, concluyó De Vargas.
El reclamo se relaciona con el expediente “Cusabo Limited y otros s/ Asociación del Espíritu Santo para la Unificación del Cristianismo Mundial s/ Cumplimiento de contrato y obligación de hacer escritura pública”, en el que cuatro empresas offshore, radicadas en paraísos fiscales, reclaman unas 310.000 hectáreas de tierras —valuadas en aproximadamente USD 500 millones— a cambio de un supuesto préstamo de USD 15 millones que la Asociación habría realizado a firmas uruguayas.
De Vargas indicó que el juez Heinrich Fabián von Lücken ordenó un embargo de USD 1,5 millones sobre bienes de la Asociación, a partir de la acción promovida por Sarubbi, quien luego acudió al Ministerio Público alegando que no se podían embargar activos de la entidad.