COVID19: Senador afirma que Ley descomprimirá las cárceles que son “bomba de tiempo ante inminente contagio masivo”

Tras la aprobación por parte del senado del proyecto de ley que establece medias excepcionales para aplicación de las medidas cautelares de carácter personal y en la ejecución de las sanciones penales de la emergencia del COVID19, el senador Fernando Silva Facetti, proyectista de la normativa señaló que su puesta en vigencia ayudará a descongestionar las cárceles del país.

Estas son verdaderas “bombas de tiempo” señaló el parlamentario, y como ejemplo citó la cárcel Regional de Ciudad del Este donde en los últimos días se confirmó cerca de 700 casos positivos de Coronavirus.

El parlamentario explicó que el objeto de la ley es el de proveer a las autoridades administrativas y judiciales de las herramientas que permitan que aquellas personas privadas de libertad, tanto condenadas como con procesos abiertos, siempre que cumplan algunos requisitos, ser remitidos para cumplir prisión domiciliaria mientras dure la Emergencia Sanitaria por Coronavirus.

“Hoy tenemos una situación sumamente complicada con nuestras cárceles donde hay unas 15.000 personas privadas de su libertad, y solo el 17% tienen condena, y la capacidad real de las cárceles es de apenas 9000 personas”, resaltó Silva Facetti.
Además, reveló que en las comisarias del país hay otras 1000 personas esperando lugar en las cárceles para ser remitidas a guardar prisión preventiva.

“Nuestras cárceles están abarrotadas pero el problema es el grave peligro es el contagio masivo por hacinamiento del COVID19”, destacó el legislador del PLRA.
“Con esta ley los jueces van a poder hacer cumplir las penas en sus domicilios, y cuando se levanta la emergencia ellos deberán volver a las cárceles”, refirió.

El senador Silva Facetti explicó que la normativa con media sanción del Senado establece claramente quienes quedan excluidos de la ley, es decir, las personas que no podrán beneficiarse con la prisión domiciliaria, como aquellos vinculados al crimen organizado, el secuestro, feminicidio, homicidio doloso o abuso sexual. Sin embargo, podrán permanecer con prisión domiciliaria personas condenadas por delitos comunes, igual o menor a 10 años, personas con enfermedades preexistentes, adultos mayores de 60 años, madres solteras o embarazadas o madres de niños pequeños, etc, como gran parte de las mujeres que están por microtrafico el el Buen Pastor.

“Esperamos realmente que sirva para descomprimir a partir de la prisión domiciliaria de miles de personas y cuando se levante la emergencia ellos volverán a prisión”, resaltó.

Cabe destacar que el documento, aprobado el jueves en el Senado, presentado por Fernando Silva Facetti, Arnaldo Franco y Tony Apuril, pasa a la cámara de Diputados para su estudio y consideración.