La agente fiscal Esmilfa Álvarez imputó a Olga María Paredes Britez, Ramona Mabel Cantero y Fernando Cáceres, por el supuesto hecho punible de Frustración de la Persecución y Ejecución Penal previsto en el art. 292 del Código Penal, en concordancia con el art. 29 del mismo cuerpo legal.
Así también formuló imputación contra Stiben Patron, 5) Efraín Alegre Irum, por la supuesta comisión de los hechos punibles de Frustración de la Persecución y Ejecución Penal, Alteración de Datos y Sabotaje de Sistemas Informáticos.
Es en relación a los hechos ocurridos el día 1 de abril de 2017, a las 00:20 horas aproximadamente, ocasión en la que efectivos policiales, ingresaron al local de la sede del Partido Liberal Radical Auténtico, ubicada en las calles Iturbe Nº 936 c/ Manuel Domínguez de la ciudad de Asunción, momento en que el joven Rodrigo Quintana, recibió un disparo de arma de fuego que le ocasionó la muerte.
Las imágenes sobre la supuesta participación de los imputados en los hechos punibles quedaron registrados en imágenes circuitos cerrados del local partidario.
cuyo original fuera Incautado en formato magnético en el marco de la Causa , la citada Agente Fiscal comunicó a la fiscal Esmilda Alvarez que lo solicitado (circuito cerrado) fue remitido al Juzgado Penal de Garantías. Se solicitó la designación de un perito en acústica e imagen en la presente causa. En fecha 17 de julio de 2020, ante el Laboratorio Forense del Ministerio Público, se realizó la copia del circuito cerrado, en presencia del perito designado y el Actuario del Juzgado Penal de Garantías, solicitándose posteriormente la realización del fotograma, ampliación y secuencia de hechos de los circuitos cerrados del local del PLRA.
El relato en la carpeta fiscal menciona la secuencia y el nivel de participación de cada uno de los imputados en la manipulación de evidencias que hacen al asesinato del joven Rodrigo Quintana.