El Poder Ejecutivo presentó este lunes el decreto 4.734/21 por el cual se reglamenta la ley de gratuidad en los cursos de admisión y de grado en todas las universidades públicas e institutos de formación del Ministerio de Educación (MEC) y del Ministerio de Salud.
La medida incluye a los estudiantes egresados de instituciones educativas del sector público y privado subvencionado. Los estudiantes están eximidos de abonar todo tipo de aranceles en concepto de matrículas, de cursos probatorios, de admisión, así como de los exámenes de admisión.
Los estudiantes egresados del sector privado podrán acceder a este beneficio acreditando situación de vulnerabilidad. El proceso estará a cargo del Ministerio de Desarrollo Social a través de su “Registro Social de Hogares”.
Este sistema estará disponible a partir del segundo semestre de este año, señala el decreto.
Igualmente, el beneficio no será aplicado para estudiantes que sobrepasen los cinco años de haber terminado la Educación Media o quienes hayan sido admitidos luego de un número de intentos consecutivos o alternados; cifra a ser establecida por cada institución.
El financiamiento de los aranceles será a través del Fonacide, a partir de los ingresos promedios de las instituciones afectadas por la Ley.
La Ley 6.628/20 establece arancel cero para la Universidad Nacional de Asunción (UNA) y sus sedes, el Instituto Superior de Bellas Artes, el Instituto Nacional de Educación Superior, los institutos de formación docente del MEC y el Instituto Nacional de Salud. Fuente: Ip