Tras un amplio debate, el pleno de la Cámara de Diputados resolvió, finalmente, aprobar con modificaciones el proyecto de ley “Que cancela la licencia, itinerario y subsidio a empresas del transporte público, infractoras de la Ley”. El documento, originalmente, busca establecer sanciones para aquellos que incurran en reguladas y otras faltas señaladas en las normativas vigentes.
Las modificaciones aprobadas por el plenario se centran en el dictamen de la Comisión de Asuntos Económicos y Financieros, que preside el legislador Justo Zacarías y parten del mismo acápite, que quedó redactado de la siguiente manera: “Que establece el régimen de sanciones en el sistema de transporte público de pasajeros del área metropolitana de Asunción”.
Otras modificaciones refieren a los trámites de aplicación de las faltas y apuntan a un reordenamiento de las normativas y reglamentaciones ya vigentes, según fundamentó el diputado Zacarías.
Las propuestas de modificación fueron respaldadas por el vocero de la Comisión de Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones, diputado Ángel Paniagua.
El proyecto busca establecer y regular lo concerniente al régimen de sanciones en el sistema de transporte público de pasajeros del área metropolitana de Asunción, que se encuentren bajo regulación, supervisión y control del Viceministerio de Transporte, que es indicado como autoridad de aplicación.
En cuanto a las sanciones, lo aprobado en la fecha señala que las faltas o infracciones que establezca el Viceministerio de Transporte, serán clasificadas como sigue:
a) Faltas leves: multa que se fijará entre 1 y 5 salarios mínimos legales.
b) Faltas graves: multa que se fijará entre 6 y 10 salarios mínimos legales.
c) Faltas gravísimas: multa que se fijará entre 11 y 20 salarios mínimos legales o cancelación de la concesión o permiso y prohibición de prestar cualquier tipo de servicio público de transporte de pasajeros por el plazo de diez años.
Indica que serán consideradas Faltas Leves, circular con exceso de velocidad; maltrato al pasajero; falta de limpieza de las unidades; utilizar teléfonos celulares durante la conducción; y circular con buses en mal estado.
Considera como Faltas Graves, no respetar las paradas obligatorias; no respetar la tarifa establecida para el servicio prestado (servicio diferencial, convencional o ejecutivo); circular fuera del itinerario establecido; no cumplir con el itinerario establecido; y circular sin seguro de pasajeros y contra terceros.
A su vez, determina como Faltas Gravísimas, no respetar las frecuencias establecidas; circular con unidades no habilitadas por su ente regulador; circular con unidades sin inspección técnica vehicular; y no alzar pasajeros con discapacidad.
Las empresas sancionadas, según el proyecto, podrán presentar recursos de reconsideración contra las resoluciones del Viceministerio de Transporte, los cuales deberán ser interpuestos dentro del plazo de cinco días hábiles.
La interposición de dicho recurso suspenderá los efectos de la resolución; pero el recurso deberá ser resuelto en un plazo no mayor a 10 días.
Renovación de concesiones
La versión Diputados señala que la autoridad de aplicación valorará las sanciones aplicadas y la gravedad de las mismas, al momento de analizar la renovación de los permisos o concesiones.
Dice que podrá denegar la renovación de un permiso o concesión si considera que la concesionaria o permisionaria ha prestado de manera deficitaria el servicio público de transporte.
Cabe indicar que varios legisladores se mostraron a favor de aprobar la versión Cámara de Senadores de este proyecto, sin las modificaciones impulsadas por la Comisión de Asuntos Económicos de la Cámara de Diputados.
Acotaron que es necesario anteponer los derechos de los usuarios y que, para ello, el Estado paraguayo ya destina millones de dólares para que se garantice un servicio eficiente.
Sin embargo, una mayoría de 35 diputados optó por aceptar las modificaciones y remitir el documento, nuevamente, a la Cámara de Senadores. No alcanzaron los 30 votos emitidos para aprobar la versión del Senado.