La Defensa Pública Especializada en la Niñez y la Adolescencia, en ejercicio de la defensa de los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes, de enero a junio de este año registró un total de 1.679 medidas cautelares de carácter provisorio conforme a los artículos 175 del Código de la Niñez. Así revelan los datos procesados por la Dirección de Gestión del Área Misional de la institución, DIGAMI, a cargo del defensor adjunto, Paublino Escobar.
El reporte señala que 5.941 medidas cautelares se encuentran en trámites; 1.679 ingresadas entre enero a junio de este año y 971 de ellas tuvieron salida, es decir, el proceso judicial fue finiquitado.
Los casos sobre medidas cautelares de carácter provisorio también son iniciados por abogados y abogadas particulares en los cuales la Defensa Pública actúa como contralor, velando los derechos y garantías de niños, niñas y adolescentes. De los registros de medidas cautelares que corresponden al primer semestre de este año ingresaron 493 casos; 1.277 se encuentran en trámites y 221 casos finiquitaron.
A través de la Ley 6.486/20, los Defensores y Defensoras Públicas del fuero de la Niñez y la Adolescencia buscan asegurar los derechos de niños, niñas y adolescentes a vivir y desarrollarse en su familia o entorno familiar, y actúan en juicios de medidas cautelares sobre cuidados alternativos. En cuanto al ejercicio de la acción desarrollada como Defensoras y Defensores técnicos, 1.599 juicios tuvieron entrada, 5.765 se hallan en trámite y 940 tuvieron salida. Como contralores, tuvieron 439 entradas, 1.138 están en trámite y 204 finiquitaron.
Cabe destacar que, las medidas cautelares establecidas por Defensa Pública fueron referente a medidas cautelares sobre guarda con familia ampliada, guarda con familia acogedora, guarda con terceros no parientes; además, de la medida cautelar de abrigo y restitución.
Otras medidas cautelares aplicadas también fueron de la exclusión del hogar del denunciado, internación u hospitalización (UTI), fijación provisoria de alimentos, régimen de convivencia, relacionamiento y las demás establecidas por el Juez, según el Código de la Niñez y la Adolescencia, considerando el interés superior del menor.