Una persona asegurada y paciente del Instituto de Previsión Social (IPS) recurrió a la Sede de la Defensa Pública de la ciudad de Paraguarí, a solicitar asistencia legal ante el hecho de que la entidad hospitalaria le informó que su próxima medicación no iba a ser posible aplicársele por no contarse con el medicamento necesario y que se encontraba en proceso licitatorio. La mujer sufre de una enfermedad que la obliga a someterse a la aplicación de una ampolla específica del medicamento, cada 3 meses, el cual es proveído por el IPS.
Ante esta situación de suma urgencia, porque el tratamiento no puede discontinuarse por ninguna razón, y por el hecho que la institución hospitalaria estaba obligada a proveerle el medicamento y tratamiento, en su carácter de asegurada, la paciente recurrió a la Defensa Pública de su localidad.
La defensora pública, Silvia Paola Rodríguez, intervino en este caso promoviendo un amparo constitucional, que fue acogido favorablemente por el Juzgado, ordenándose a la institución demandada a que provea de manera inmediata el medicamento a la asistida, priorizando la urgencia impostergable por vía de la excepción. La sentencia fue apelada por el IPS, siendo reconfirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Civil de Paraguarí.
La asistida ya recibió el medicamento que requería, continuando con su tratamiento. El proceso de esta gestión tuvo una duración relativamente rápida, lográndose un resultado favorable para la asistida de la Defensa Pública.
Los Defensores y Defensoras Públicas actúan de manera rápida, eficaz y eficientemente en todos los casos que requieran la intervención para defender los derechos fundamentales de las personas como son el derecho a la vida, a la salud y protección judicial. Fuente: Defensa Pública