El defensor público, Hugo César Giménez Ruiz Díaz, fue designado en el 2019 por la Asociación Interamericana de Defensorías Públicas (AIDEF), en representación del Ministerio de la Defensa Pública de Paraguay junto con la defensora pública del Brasil, Rivana Barreto Ricarte de Oliveira, para representar ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (IDH) a una persona de nacionalidad peruana, en el marco de una causa en Perú.
Giménez Ruiz Díaz explicó que este caso versa sobre una serie de violaciones cometidas en el marco de los procesos de evaluación y ratificación a los que fueron sometidos dos jueces, una fiscal y un fiscal por el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) del Perú, entre los años 2001 y 2002. Los procesos concluyeron con las resoluciones de no ratificación en sus cargos emitidos por el CNM. A los participantes no se les permitió conocer previa y detalladamente la acusación formulada, ni contaron con el tiempo y los medios adecuados para su defensa.
Las resoluciones de no ratificación no contaban con motivación alguna, lo que ocasionó también una afectación al derecho de la honra y de la dignidad. También se les afectó indebidamente el derecho a permanecer en el cargo en condiciones de igualdad. Además, las víctimas no contaron un mecanismo idóneo y eficaz para proteger la garantía de estabilidad en el cargo, en vista que los recursos presentados fueron declarados improcedentes bajo el argumento que las resoluciones del CNM no podían ser revisadas en la sede judicial.
La Corte IDH concluyó que el Perú es responsable de la violación de los derechos reconocidos en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Antecedentes del caso.
El representado de la Defensa Pública del Paraguay, de nacionalidad peruana, fue inicialmente Fiscal Adjunto Provincial desde enero de 1981 e ingresó a la carrera judicial en 1985, nombrado tras un concurso público como Juez del Tercer Juzgado de Paz Letrado de los Distritos de Surco y Surquillo. Luego ejerció diversos cargos en la judicatura, según sus superiores le iban encomendando, hasta que logró su ascenso como Juez Especializado en lo Civil Titular del Décimo Sexto Juzgado Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, tras presentarse a un concurso público del cual resultó electo en tal cargo.
A sus 50 años, después de casi 18 años de carrera judicial efectiva, el Consejo Nacional de la Magistratura del Perú, en base con la Constitución de 1993, dicta en abril del 2002 su segundo reglamento para ratificación y designación de jueces y fiscales. El Consejo compuesto por abogados y ciudadanos no abogados, en junio del mismo año, convocaron al representado vía publicación periodística tal como se hallaba reglamentado, a someterse a un proceso de ratificación.
En fecha 8 y 9 de marzo de 2021 se desarrollaron las audiencias orales y públicas del caso ante los Jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos con la participación de representantes del Estado de Perú y de la Comisión Interamericana, donde luego de desarrollarse las pruebas testimoniales y periciales, al Defensor Público Interamericano por Paraguay, le cupo formular alegatos conclusivos a favor del representado.
Es así que luego de presentados los alegatos también por escrito, tal como se debe hacerlo en el sistema de litigación interamericano, la Corte Interamericana dictó sentencia definitiva, en fecha 28 de noviembre de 2021, acogiendo lo expresado por los Defensores Públicos y condenó al Estado del Perú por responsable de la violación de los derechos reconocidos en los artículos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en perjuicio del representado.
Actualmente, el Defensor Público de Paraguay lleva adelante también la representación de víctimas en otros procesos en el marco del sistema interamericano de protección de derechos humanos, tales como el Perú y México.