Miembros de la Comisión de Legislación emitieron un dictamen a la plenaria de Diputados, recomendando aceptar la objeción total del Poder Ejecutivo con relación al “Que modifica y amplia el artículo 332 de la Ley Nº 834/1996, Que establece el Código Electoral Paraguayo”.
“Es un mero trámite, considerando que en la Cámara de Senadores ya se aceptó el veto del Ejecutivo. Este veto es lo que se conoce como muerte civil a los electores que no pagan la multa, por no ir a votar”, subrayó el diputado Avalos Mariño.
Esta disposición establece que los que infringieren lo dispuesto en el artículo 4, (aquellos que no votan), serán sancionados con una multa equivalente a medio jornal mínimo para actividades diversas no especificadas.
Estipula, igualmente, que en tanto dure el incumplimiento de pago de la multa establecida, tendrá los siguientes efectos: Suspensión de trámites ante la Subsecretaría de Estado de Tributación; suspensión de la emisión de pasaportes y antecedes policiales por parte del Departamento de Identificaciones de la Policía Nacional; suspensión de trámites ante la Dirección General de los Registros Públicos; suspensión de trámites ante la Dirección General de Catastros; suspensión de trámites ante la Dirección General de Registros del Automotor; y Suspensión de trámites administrativos ante las municipalidades.
El documento será analizado en la sesión ordinaria de este miércoles en la cámara baja. Fuente: Diputados.