El diputado Antonio Buzarquis presentó un proyecto de ley “Que modifica el artículo 217 de la Ley N° 834/96, Que establece el Código Electoral Paraguayo”, con la intención de permitir que aquellos electores que estén impedidos de marcar los boletines, por un defecto físico, puedan ser acompañados de un familiar en el cuarto oscuro.
La legislación actual establece que las personas, que por defecto físico estén impedidas de marcar los boletines e introducirlos en la urna, podrán servirse para estas operaciones de una persona de confianza.
La modificación propuesta pretende que “esa persona de confianza”, acredite su relación, sea de parentesco o de confianza, mediante cédula de identidad o pasaporte.
Estipula, igualmente, que el elector deberá emitir su voto en una mesa especial donde también quedaran registrados los datos del acompañante, quien no podrá volver a repetir la operación con ninguna otra persona.
“Los electores de tercera edad y/o electores con alguna capacidad diferente, tienen el mismo derecho a ejercer su voto, y que se respete su voluntad de elegir a sus candidatos, sin que se limite su libertad”, dice parte de la exposición de motivos.
Añade que la reforma debe establecer las condiciones para una democracia plena en el Paraguay, analizando las debilidades y barreras principales del sistema electoral que impiden el ejercicio pleno de la democracia.
La propuesta tuvo entrada oficial en la Cámara de Diputados y se dispuso su remisión a las comisiones de Asuntos Constitucionales; Legislación y Codificación; Defensa de los Derechos de las Personas con Discapacidad; y en la Comisión de Familia y Tercera Edad. Fuente: Diputados