El Poder Ejecutivo vetó completamente la ley que deduce el 100 por ciento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) de gastos como compra de alimentos, bienes y servicios.
El presidente de la República, Mario Abdo Benítez, firmó este jueves el Decreto N.° 8.301 mediante el cual objeta totalmente el proyecto de ley N.° 7022/2022 «Que modifica los artículos 88 y 89 de la Ley N.° 6380/2019 «De modernización y Simplificación del Sistema Tributario Nacional»».
En uno de sus argumentos refiere que la propuesta de ampliación planteada no se encuentra en absoluto acorde con el criterio de razonabilidad al contemplar la posibilidad de deducir el IVA Crédito Fiscal, incluso de los gastos en vacaciones, que en nada se relaciona con la prestación del servicio.
Al respecto, menciona “que en esa razón, la Subsecretaría de Estado de Tributación se ha ratificado en que, para la prestación de servicios profesionales, solo los gastos que contribuyan para la realización de dicha actividad sean deducibles del IVA Crédito derivado de esas erogaciones o adquisiciones, contrariamente a lo propuesto con el proyecto de Ley N. 7022/2022”.
En otro apartado enfatiza igualmente que, de acuerdo con la naturaleza del IVA, el mismo se trata de un impuesto al consumo y afecta de forma transversal a todas las personas en su carácter de consumidor final, ya que cuando una persona se encuadra en la situación fáctica del hecho generador del impuesto, esto lo torna en sujeto incidido o contribuyente de hecho del IVA.
Es decir, tiene la condición de sujeto incidido porque se ve económicamente involucrado en la translación de este impuesto, que implica la relación jurídico-tributaria que nace entre el fisco el sujeto de derecho, por lo que, en dicha circunstancia, obliga al consumidor final a abonar el impuesto.
Que por otra parte, cabe subrayar que todos los consumidores abonan el mismo porcentaje de este impuesto, independiente de que el nivel de su capacidad de pago sea bajo o alto, por lo que el proyecto de ley en cuestión es contrario, a su vez, a la idea de igualdad tributaria, señala en punto el documento.
Asimismo, indica que este tratamiento diferenciado e injustificado a favor de un grupo de contribuyentes, en desmedro del resto de aportantes al fisco, va de contramano con los lineamientos constitucionales del establecimiento de tributos que respondan a fines económicos y sociales justos, y a la política fiscal actual relativa al reforzamiento de la recuperación económica pospandemia.
En este sentido, el Ejecutivo advierte que dar curso favorable a la propuesta legislativa podría ocasionar que el aumento de las deducciones genere un saldo técnico en el IVA a favor del sujeto pasivo, de imposible recuperación para el fisco. Esto, implicaría menos dinero para invertir en bienes públicos como salud, infraestructura, educación, lucha contra la pobreza, entre otras necesidades públicas.
En que respecta propiamente a la redacción del proyecto de ley, alega que la misma podría generar interpretaciones dispares y extender las deducciones a erogaciones relacionadas con la adquisición de inmuebles, vacaciones y una infinidad de conceptos que serán deducibles para el contribuyente y c familiar suyo, sin importar incluso el grado de parentesco proyecto no lo acota. Fuente: Ip