Los diputados Basilio Núñez y Justo Zacarías presentaron un proyecto de ley “Que modifica el Clasificador Presupuestario, aprobado por Ley N° 7050/2023, Que aprueba el Presupuesto General de la para el ejercicio fiscal 2023”, con la intención de racionalizar el gasto público.
El proyecto explica que desde la vigencia de la Ley N° 6622/2020 «Que establece medidas de racionalización del gasto público», casi todas las entidades han buscado diversas maneras de evadir el uso racional de los recursos del Estado.
“Una de las maneras de disfrazar sobresueldos, dobles remuneraciones, bonificaciones y otros pagos por servicios personales, tanto a funcionarios públicos como a particulares, evitando que sean imputados dentro del grupo 100 Servicios Personales, es la utilización del Objeto del Gasto 849, Otras Transferencias Corrientes”, expresa el documento de fundamentación del proyecto.
Agrega que el Ministerio de Hacienda, que es la institución encargada de velar por el buen uso de los recursos públicos, tampoco ha escapado de la práctica que se denuncia.
“El Ministerio de Hacienda debería trabajar, seriamente, en incluir dentro de los objetos del gasto del Grupo 100, Servicios Personales, muchas de las denominaciones incluidas en el rubro 849, Otras Transferencias Corrientes, que corresponden al pago disfrazado de sueldos, sobresueldos, bonificaciones, honorarios y otras remuneraciones que eluden el cumplimiento de claras disposiciones legales que rigen en materia de servicios personales en el sector público”, alega.
Los proyectistas lamentan que el propio Ministerio de Hacienda es la que contraviene lo establecido en el Artículo 52 de la Ley del PGN 2023 que expresa: «…Artículo 52. Prohíbase el pago de gratificaciones ocasionales o premios al personal por servicios o labores realizadas, a mejor o mayor producción o resultados de la gestión administrativa y financiera a los funcionarios de los Organismos y Entidades del Estado (OEE)».
El impacto presupuestario que traería aparejado el pago de los conceptos mencionados en el objeto del gasto 849, Otras Transferencias Corrientes, alcanza los 51 millones de dólares, dice el documento.
Añade que, el monto mencionado, sumado a los USD 98.500.534, que se paga en concepto del Objeto del Gasto 133 (Fuente 10 Recursos del Tesoro), alcanza los USD. 149.611.157, que no es una suma despreciable en media de tantas otras carencias.
“En momentos en que los recursos provenientes de los ingresos tributarios deben ser administrados y direccionados a favor de los sectores de la población más vulnerables, no corresponde que sean destinados a cubrir pagos de sobresueldos a funcionarios por realizar su trabajo, cualquiera sea su denominación, quienes deben adecuar sus labores conforme a lo establecido en el Capítulo IX de la Ley 1626/2000, De la Función Pública».
Recordemos que el programa de “incentivos” que se paga a los funcionarios, dentro del rubro 849, Otras Transferencias Corrientes, fue creada dentro de la reglamentación de la ley 6622/2020, mediante el artículo 18° del Decreto N° 9065, de fecha 3 de abril de 2023, con la finalidad de otorgar sumas de dinero a los funcionarios de los OEE que forman parte del Presupuesto General de la Nación a efectos de «promover un mayor esfuerzo a favor del logro de los objetivos y resultados esperados».
“La reglamentación no puede ir más allá de lo que establece la ley”, aseguran los proyectistas. Fuente: Diputados