La Comisión de Relaciones Exteriores, presidida por el diputado, Juan Manuel Añazco, decidió solicitar un informe técnico a la Cancillería Nacional con relación al proyecto de ley denominado “Ley para gestionar dictámenes internacionales sobre la correcta interpretación del derecho de adquisición del artículo XIII del Tratado de Itaipú”.
Referentes de la comisión anunciaron, igualmente, que solicitarán que el documento también sea remitido a la Comisión de Asuntos Constitucionales, teniendo en cuenta las implicancias jurídicas que reviste el presente proyecto.
La intención de este documento, recordemos, es que el Paraguay cuente con dictámenes internacionales acerca de la figura jurídica del derecho de adquisición preferente de la energía no utilizada en la Itaipú Binacional.
La exposición de motivos aclara que el gobierno paraguayo, a lo largo de 50 años, sostuvo la interpretación que el derecho de adquisición prohibía la venta del excedente paraguayo, pero careciendo de dictamen jurídico internacional independiente que sustente su argumento.
“La histórica posición oficial del gobierno paraguayo, en la Entidad Binacional Itaipú, relativa a la comercialización de la cuota de electricidad no utilizada en nuestro propio consumo es muy conocida. Esta postura sostiene que está vedada al Paraguay todo acto de compraventa de dicha cuota, sea este con comercializadores del Brasil o con comercializadores de terceros países, por efecto del Artículo XIII del Tratado de Itaipú”, expresa el documento.
Agrega que los sucesivos gobiernos paraguayos, durante 5 décadas, se basaron en una errónea interpretación de esta figura jurídica que, a decir de los proyectistas, nunca impidió que Paraguay pudiera vender su excedente al mejor postor dentro del territorio paraguayo.
“Existe otra interpretación diferente que sostiene que el derecho de adquisición no obliga a la cesión de energía ni prohíbe la venta a terceros países”, aseguran los firmantes del documento.
La Comisión de Relaciones Exteriores aguardará el resultado de los informes solicitados antes de remitir un dictamen al respecto. Fuente: Ip