Se trata del proyecto de modificación de la ley que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control, más conocidos como «tobilleras electrónicas».
La propuesta legislativa tiene por objeto introducir modificaciones a la normativa jurídica vigente, que busca establecer un seguimiento de procesados con prisión domiciliaria o con órdenes de restricción, para, de esta manera, hacer viable la ley, sin aplicación efectiva a la fecha, pese a los seis años de su promulgación y publicación.
Pese a que el proyectista no incluyó este punto, el Ejecutivo solicitó que entre los cambios se incluya un artículos donde se establezca que el costo del uso de estos dispositivos corran a cuenta de los presos que se ajusten a la aplicación de la medida de prisión domiciliaria.
Corresponderá al Poder Ejecutivo reglamentar la ley en el plazo de 60 días contados a partir de su promulgación.
Se garantiza, por otro lado, el acceso al Sistema de Monitoreo por Dispositivos Electrónicos de Control (SIMDEC), a todas las personas que cumplan con los requisitos previstos en la normativa, a cuyo efecto las autoridades deberán allanar los obstáculos que impidan su aplicación.
Igualmente, se crea la oficina de control interinstitucional que estará conformada por un representante de la Corte Suprema de Justicia, del Ministerio Público, del Ministerio del Interior y del Ministerio de Justicia.
Establece también que entrará a regir un año después de su publicación, sin perjuicio de la implementación de proyectos de prueba o planes piloto del sistema, que podrán ser efectuados al día siguiente de su publicación.
Se encuentra en su primer trámite constitucional.