La agente fiscal Patricia Sánchez, que entiende la causa contra el senador Hernán Rivas por producción mediata de documentos públicos de contenido falso, refirió que le fue devuelto al Ministerio Público el acta de imputación en dicha causa, a pesar de contar con todas las exigencias que impone la ley para este requerimiento.
La representante del Ministerio Público mencionó en su escrito de contestación del Recurso de Reposición y Apelación en Subsidio interpuesto por la defensa técnica del senador Rivas, que el acta de imputación, precisamente, no constituye un planteamiento que deba ser debatido, ni requiere la producción de pruebas, puesto que en dicho acto procesal se establece el objeto de investigación en torno al cual se reunirá toda la información suficiente, a fin de determinar si existen méritos suficientes para acusar a una persona. Es un acto procesal de carácter inicial y preliminar de incriminación que constituye una atribución exclusiva y excluyente del Ministerio Público.
La fiscal del caso, durante el desarrollo de la etapa preparatoria, irá colectando todos los medios de convicción idóneos -sean de cargo o descargo-, que pudieran en su efecto apuntalar o no una teoría del caso en la presentación de su requerimiento conclusivo, por lo que resulta prematuro hablar en esta etapa inicial de la investigación fiscal, que los hechos que sirven de base a la imputación no tienen un sustento jurídico.
Asi, en esta etapa incipiente de investigación, el Juzgado Penal de Garantías n.⁰ 7 pudo observar que la imputación cumple con todos los requisitos legales, conforme el siguiente cuadro:
EL HECHO ES EL ¿QUÉ?
La obtención de la matrícula de abogado, por parte de la Corte Suprema de Justicia con base a un título de abogado, otorgado por la Universidad Sudamericana, producto de un certificado de estudios, cuyo contenido es cuestionado, así como su uso ante la Cámara de Diputados, la Cámara de Senadores y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
¿QUIÉN?
El imputado Hernán David Rivas, quien, con los documentos cuestionados, habría acreditado su calidad de abogado
¿CÓMO?
Hernán Rivas se presentó ante la Corte Suprema de Justicia para tramitar una matrícula de abogado, presentando para ello el objeto de sospecha, así también, habría utilizado para acreditarse su calidad de abogado ante ambas cámaras del Congreso Nacional.
¿CUÁNDO?
En el mes de junio de 2020 ante la Cámara de Diputados, el 7 de julio de 2021 con la tramitación de la matrícula, 6 de julio de 2023 ante la Cámara de Senadores.
¿DÓNDE?
En la sede del Congreso Nacional, en la Corte Suprema de Justicia y en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
¿POR QUÈ?
Para acceder al cargo de representante, tanto de la Cámara de Diputados y de Senadores, ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
Sin embargo, el Tribunal de Apelación, integrado por los camaristas Bibiana Benítez Faría, Delio Vera Navarro y José Agustín Fernández, valoró que la imputación no es suficiente, y que no responde a las preguntas qué, cómo, cuándo, dónde y por qué, ni con los requisitos establecidos en la Acordada n.º 1631 de la Corte Suprema de Justicia, por lo que imprimió el trámite previsto en el art. 314 del CPP, para que sea revisada