El Poder Ejecutivo promulgó la Ley 7.300 que dispone la modificación del Artículo 173 del Código Penal, elevando las penas contra las criptominerías ilegales y la incautación de los bienes utilizados en el hecho punible.
Con estas modificaciones, las personas que sustraigan energía de líneas de transmisión o puertos de almacenaje para establecimientos de criptominería no autorizados por la ANDE, se exponen a hasta 10 años de cárcel más multa complementaria.
Igualmente, la ANDE podrá solicitar a la Secretaría Nacional de Bienes Incautados y Comisados (Senabico) la administración provisional de los bienes incautados y los recursos obtenidos por su venta anticipada también pasarán al patrimonio de la empresa estatal.
La vocera de Gobierno, Paula Carro, indicó que las medidas buscan tener un efecto disuasivo sobre aquellas industrias que se instalan de forma ilegal, y no se busca criminalizar a la producción de criptomonedas como tal.
El titular de la ANDE, Félix Sosa, dijo que se han realizado 78 intervenciones contra establecimientos ilegales, en conjunto con el Ministerio Público y el Poder Judicial. En los procedimientos se incautaron más de 10.000 procesadores de datos y 52 transformadores de distribución, entre los principales bienes.
En cuanto a personas procesadas, dos fueron condenadas y once se encuentran imputadas. «A pesar de esta fuerte campaña, lastimosamente ninguna persona responsable de esta actividad ilícita hoy en día está en la cárcel», dijo.
A fines de mayo, la ANDE estimó un perjuicio mensual de Gs. 13.000 millones por las criptominerías ilegales que fueron desarticuladas en lo que va del año. Fuente: Ip