El presidente de la República, Santiago Peña, firmó este jueves el decreto que reglamenta la Ley 7021 «De Suministros y Compras Públicas», con lo que se busca dar mayor agilidad, eficiencia y transparencia a los procesos de adquisición por parte del Estado paraguayo.
Así lo explicó en conferencia de prensa el director nacional de Contrataciones Públicas, Agustin Encina, quien destacó que el decreto 2.264, firmado hoy por el presidente Santiago Peña, corrige y mejora una reglamentación previa, que no tuvo en cuenta muchos aspectos que ahora se incluyen.
En ese sentido, destacó que luego de un proceso participativo, en el que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicos (DNCP) dialogó con asociaciones de mipymes, así como con cámaras y gremios «que son actores principales en los procesos de contratación pública», se saca esta reglamentación que constituye «un avance significativo en la gestión administrativa en materia de contrataciones públicas».
Destacó que la reglamentación busca mejorar la eficiencia, la transparencia, así como la flexibilidad en todo lo que tiene que ver con los proceso de contrataciones públicas.
Explicó que la reglamentación reduce significativamente los plazos con protestas, recursos de reconsideración, y plazos para las respuestas de las instituciones públicas a la DNCP y así generar una eficiencia en los procedimientos.
Dentro del decreto se reglamentan también las compras conjuntas, que es una innovación en materia de contrataciones en el país, fomentando la colaboración entre entidades, destacó Encina.
Así también, mencionó que se logra una mayor claridad en la cadena de responsabilidades de suministro público, incluyento a los nuevos actores que han sido nominados en la nueva ley, y se fortalece la facultad sancionadora de la DNCP, contribuyendo a un entorno más justo y equitativo.
Por otro lado, indicó que se generó un nuevo registro de identifación de cada uno de los procesos de contrataciones públicas, para lograr mayor transparencia.
Otro punto importante que incorpora esta reglamentación es que elimina el requisito de consorciamientos previos a las licitaciones, ya que las empresas que presenten ofertas conjuntas en un proceso conformarán el consorcio recién después de ser adjudicadas, añadió.
Así también refirió que se contempla una nueva «protección» respecto al incumplimiento del Estado con los proveedores, estableciendo la posibildiad de que, en caso de una demora de más de 120 días por parte del Estado, se podrá suspender el cumplimiento del contrato por parte de los proveedores.
Finalmente indicó que se han establecido diferentes plazos procesales en cuanto al procedimiento administrativo, para que el proceso pueda ser sumario.
«Apuntamos a un instrumento normativo para que las compras sean más agiles, que de mayor flexibilidad, transparencia y competitividad y eficiencia en las compras públicas», acotó el director nacional. Fuente: Ip