La Procuraduría General de la República obtuvo resolución favorable en juicio promovido por la firma Insumos Médicos S.A. (Imedic) contra resoluciones dictadas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, permitiendo un ahorro al Estado de más de ₲ 47.000 millones.
La empresa Insumos Médicos S.A. (Imedic) presentó una demanda contenciosa administrativa contra el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social de Paraguay, impugnando dos resoluciones: 1. Resolución A.J. N° 378/20, que rescindió el contrato N° 197/20 para la adquisición urgente de insumos y camas en el marco de la pandemia de COVID-19; y 2. Resolución A.J. N° 500/20, que rechazó el recurso de reconsideración presentado por IMEDIC contra la rescisión del contrato, argumentando que la rescisión del contrato fue injustificada, alegando fuerza mayor debido a las dificultades logísticas y de suministro generada por la pandemia.
La Procuraduría defendió la validez de las resoluciones, argumentando que Imedic incumplió con las especificaciones técnicas y los registros sanitarios de los bienes entregados. Además, sostuvo que la fuerza mayor alegada por la empresa no era válida, ya que la pandemia era conocida al momento de ofertar y no justificaba los incumplimientos. También señaló que la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas no declaró la nulidad del proceso licitatorio, lo que hacía improcedente el planteo de Imedic.
Los incumplimientos de Imedic que llevaron a la rescisión del contrato por parte del MSPBS fueron: a) las actas de verificación detectaron que los bienes entregados no correspondían a los ofertados y adjudicados.
Por ejemplo, las camas manuales para pacientes no cumplían con las especificaciones técnicas establecidas tales como: debían contar con 3 funciones, tener una capacidad de 200 kilos, lecho de red de metal, colchón forrado de tela vinílica y altura de la cama; los trajes de protección entregados no coincidían con la marca establecida en el contrato; algunos bienes entregados carecían de registro sanitario o este fue presentado de forma extemporánea, lo que contravenía las exigencias del contrato.
Así también, las mascarillas entregadas no cumplían con las especificaciones técnicas según algunos informes, aunque Imedic entregó las KN95 (China) supuestamente eran equivalentes a las N95 (EE.UU.) y FFP2 (Europa); y, finalmente, Imedic alegó fuerza mayor debido a la pandemia, pero el Ministerio consideró que las dificultades logísticas y de suministro eran previsibles al momento de ofertar y no justificaban los incumplimientos.
Estos incumplimientos llevaron al Ministerio a rescindir el contrato N° 197/20, argumentando que IMEDIC no cumplió con sus obligaciones contractuales.
El Tribunal de Cuentas, Primera Sala, rechazó la demanda de IMEDIC y confirmó las resoluciones impugnadas. Consideró que los actos administrativos estaban ajustados a derecho, fundamentados y producto de un proceso administrativo que respetó el debido proceso.
El Tribunal concluyó que no se comprobó la vulneración de derechos administrativos preestablecidos ni irregularidades que desvirtuaran la presunción de legitimidad de los actos del Ministerio. Además, impuso las costas del juicio a la parte perdidosa (IMEDIC).
El juicio estuvo a cargo de la Procuradora Delegada Gabriela Pozzoli.
Fuente: Ip