Emblemas de combustibles podrían enfrentar multas millonarias tras aumento anticipado de precios

Las estaciones de servicio en Paraguay disponen de un plazo de hasta cuatro meses para ajustarse a una nueva resolución que establece la obligatoriedad de informar de manera clara y visible los tipos y precios de los combustibles derivados del petróleo. Esta disposición, presentada por el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco) mediante la Resolución SDCU N° 851/2025, busca fortalecer el acceso a la información para los consumidores. En caso de incumplimiento, las empresas se exponen a sanciones económicas significativas.

Según lo manifestado por Alejandro Apuril, director de Transparencia de la Sedeco, las multas por no acatar la normativa irán desde los 20 hasta los 10.000 jornales. La medida afecta a unas 2.800 estaciones de servicio en todo el país, las cuales serán fiscalizadas por ambas entidades para garantizar el cumplimiento. La resolución exige que la información sobre los combustibles esté presente en lugares accesibles y visibles para el público interesado, promoviendo así la transparencia en la compra de los productos.

Esta nueva exigencia forma parte de un esfuerzo por alinear las normativas de mercado con el Decreto N° 3241/25 del MIC, que a su vez establece nuevas especificaciones técnicas para los combustibles. La presentación de la resolución se realizó ante referentes del sector, quienes fueron informados sobre las nuevas directrices que buscan una mayor claridad para el consumidor. El objetivo final es asegurar que los usuarios tengan plena visibilidad de lo que compran, empoderando su derecho a la información en el punto de venta.