Reglamentan reajuste de sueldos y jornal diario queda en Gs. 111.502

Resolución mediante, el Ministerio del Trabajo reglamentó el reajuste de sueldos y jornales mínimos para trabajadores del sector privado en todo el territorio nacional. La medida está vigente desde el 1 de julio de 2025 y establece un incremento del 3,6% del salario mínimo, conforme al Decreto N.º 4.122 del 27 de junio del corriente año.

De acuerdo con la nueva reglamentación, la jornada diurna para actividades diversas no especificadas deberá ser remunerada con un salario mínimo mensual de 2.899.048 guaraníes. En tanto, el salario por día para trabajadores a jornal asciende a 111.502 guaraníes, mientras que el salario diario para trabajadores mensualizados es de 96.635 guaraníes y el salario por hora, también para mensualizados, se establece en 12.080 guaraníes.

En el caso de la jornada nocturna, que contempla un adicional del 30% conforme al Código Laboral, el salario mínimo mensual se fija en 3.768.763 guaraníes. El salario por día para trabajadores a jornal en horario nocturno es de 144.952 guaraníes, el salario diario para trabajadores mensualizados asciende a 125.625 guaraníes y el salario por hora a 17.947 guaraníes.

Para trabajadores contratados a tiempo parcial, el valor de la hora diurna queda fijado en 13.937 guaraníes, y la hora nocturna en 20.708 guaraníes. En cuanto al Régimen de Aprendizaje y Aprendizaje Dual, el salario mensual se establece en 1.739.429 guaraníes y el salario por día para trabajadores a jornal en 66.901 guaraníes.

En la resolución se establece igualmente la fórmula para el cálculo de remuneración de la jornada mixta de trabajo, que se obtiene a partir de la suma de la remuneración diurna del trabajador en el mes más la remuneración nocturna del trabajador en el mes.

Asimismo, fueron actualizados los sueldos y jornales mínimos para distintas actividades y profesiones. En Paraguay, algunos sectores cuentan con salarios diferenciados, definidos históricamente a través de negociaciones tripartitas entre sindicatos, empleadores y el gobierno, con el objetivo de establecer condiciones justas y acordes a cada tipo de trabajo.

Todos los empleadores deberán exhibir en lugares visibles de los centros de trabajo los salarios mínimos vigentes, tanto diurnos como nocturnos, garantizando así su adecuada difusión y transparencia.