Se trata del proyecto de Ley “Que regula la facturación de servicios de telecomunicaciones durante la suspensión por mora y protege a los usuarios de cobros abusivos” impulsado por el senador Rubén Velázquez quien explicó que la idea surge a partir de las múltiples denuncias de ciudadanos que son victimas de Facturaciones por servicios «no prestados» o «interrumpidos» por las empresas telefónicas.
Velázquez mencionó que existe un vacío legal respecto a esta problemática.
«Las denuncias señalan que muchas compañías telefónicas continuaban facturando y acumulando deudas con intereses por mora, incluso en casos en los que los usuarios solicitaban la suspensión del servicio», resaltó el parlamentario.
“Existen diversos motivos por los cuales se solicita la suspensión: problemas familiares, desempleo, dificultades económicas o de salud. En esas circunstancias, las deudas se acumulan injustamente. Si no pudiste pagar en julio, no corresponde que también te cobren agosto. Solo debería cobrarse hasta el mes que utilizaste el servicio”, agregó el senador Velázquez.
Durante la audiencia pública realizada en la sala bicameral del Congreso, los senadores José Oviedo y José Ledesma expresaron su total respaldo, incluso el primero mencionó que fue víctima de sobrefacturación hace un tiempo atras.
“Muchas personas, especialmente del interior del país, se ven afectadas, por lo que es fundamental respaldar esta iniciativa que busca proteger a los usuarios y prevenir nuevas injusticias”, señaló por su parte José Ledesma.
A su turno, el senador Ignacio Iramain también se sumó al respaldo del proyecto, afirmando que “las telecomunicaciones se han convertido en un derecho humano y deben ser tratadas como tal”.
El asesor legislativo, abogado Víctor Gamarra, presentó el proyecto, que consta de nueve artículos y establece un marco regulatorio para los cobros en casos de suspensión por mora. Será aplicable a todas las empresas prestadoras de servicios de telefonía fija, telefonía móvil, acceso a internet y televisión por cable que operen en el territorio nacional, sin distinción de naturaleza jurídica ni volumen de clientes.
El profesional explicó que, si bien existen normativas emitidas por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) y disposiciones generales en la Ley de Defensa del Consumidor, estas no son específicas ni lo suficientemente claras para abordar este tipo de situaciones. “Este proyecto busca enfocar y regular expresamente estas prácticas de facturación”, señaló.
Indicó además que el artículo 7 del proyecto contempla sanciones como multas, suspensión temporal del servicio, y la devolución del monto cobrado indebidamente al afectado.
Durante la audiencia, el presidente de la Compañía Paraguaya de Comunicaciones (COPACO), Óscar Stark, propuso introducir ajustes al proyecto, en línea con las prácticas ya implementadas por la empresa estatal. “En COPACO, cuando un cliente presenta un reclamo por mal funcionamiento de la línea, se interrumpe la facturación mientras no se utiliza el servicio”, explicó.
Federico Osorio, representante de la Asociación de Cableoperadores del Interior, advirtió que la Ley de Telecomunicaciones ya contempla un régimen de protección al usuario, incluyendo aspectos relativos a la prestación del servicio. Sin embargo, señaló que persisten dificultades relacionadas con la aprobación de contratos.
El documento sería analizado en 2 meses aproximadamente en el pleno, según su proyectista, Rubén Velázquez.