Proponen régimen especial de suspensión de intereses o multas por deudas ante situación de crisis

El diputado nacional Derlis Maidana, presentó un proyecto de ley “Que establece un régimen especial de suspensión del cómputo de intereses o multas por deudas y vencimientos (RESCIMDV)”, con el objetivo de mitigar el impacto económico causado por las medidas implementadas por el Poder Ejecutivo para desacelerar la propagación del Coronavirus (COVID-19).

En esencia, el proyecto establece vencimientos diferidos de pagos de cuotas, intereses y de impuestos de categoría central o municipal, como medida de mitigación al impacto que en el sector económico ha causado las medidas sanitarias tomadas por el Gobierno.

“Estamos preocupados porque, principalmente, en el sector privado se están suspendiendo los contratos de trabajo, por 8 o 15 días, por causas no imputables al empleador;entonces, se quedan en sus casas y no corren sus salarios y eso se torna un poco preocupante”, señaló el legislador.

Indicó que el presente proyecto es para aquellas personas que no puedan trabajar por esta situación y que por ello no van a poder cumplir con el pago puntual de sus cuotas. También hace referencia a algunas multas y recargos, principalmente, con la Subsecretaría de Estado de Tributación.

Recordó que el equipo económico determinó recientemente, decreto mediante, una serie de medidas como la suspensión por 30 días de todas las multas y recargos, pero destacó que el problema es que algunas de las penalizaciones están establecidas por ley y que, por prevalencia, no puede dejar de cumplirse por un decreto.

El documento establece que la medida solo afectará, en el sector privado, a las deudas ya existentes, no habiendo necesidad para los emisores de créditos de tomar medidas especiales por las deudas que se contraigan en el futuro. Su vigencia está establecida en 90 días, pudiendo luego el Congreso Nacional evaluar su impacto y, eventualmente, prorrogarlo.

“Esta ley protege al trabajador de a pie, a la familia trabajadora y al comerciante, al sacarle, inmediatamente, la carga de que se le acumulen intereses por su paro laboral o comercial; la medida del gobierno no tiene en cuenta esta situación inmediata”, añadió el congresista.

Según consta en el artículo 2° del proyecto de ley, los intereses, multas y recargos suspendidos son aquellos originados a partir de las siguientes deudas: Deudas por préstamos de cualquier naturaleza, ya concedidos; deudas ya contraídas por el uso de tarjetas de crédito; deudas ya contraídas o a contraer con el Fisco, incluida la multa por mora e intereses establecidas en el Art. 171 de la Ley 125/91; deudas que se contraigan con el Fisco por obligaciones tributarias que surjan durante la vigencia del presente régimen; deudas ya contraídas o a contraer con cualquier instancia de la Administración Pública; deudas ya contraídas o a contraer con cualquier instancia de la Administración Municipal.

Aclara, además, que cualquier incumplimiento de la presente ley, reputará como nula la aplicación de intereses o recargos por mora durante la vigencia del presente régimen.

“En conclusión, esta es una medida inmediata, rápida y de efecto inmediato que va a traer alivio a los ciudadanos honestos y trabajadores y no una medida macroeconómica como plantea el gobierno y que todos sabemos tarda en hacer efecto”, culminó Maidana.

Fuente: Diputados.gov.py