Resolución mediante, el Ministerio de Hacienda instruye a los Organismos y Entidades del Estado (OEE) sobre los procedimientos que deben seguir en casos de modificaciones o aumentos en las asignaciones salariales que no se encuentren respaldadas por un concurso, tal como lo establece la Constitución Nacional y leyes que rigen la materia.
Esta Resolución instruye a los Organismos y Entidades del Estado a no liquidar temporalmente el salario de aquellas personas a quienes se les ha asignado una nueva línea presupuestaria, con aumento salarial sin el debido respaldo de un concurso público, contemplado en la norma legal vigente, de manera a respetar el mecanismo de promoción institucionalizado en el ámbito público.
Hacienda emplaza por dos días a las instituciones afectadas a partir de la fecha, para que remitan los antecedentes que obren en los organismos relativos a los concursos necesarios para las asignaciones y que en caso de no contar con el respaldo legal que acredita la modificación de la categoría, remita los datos necesarios para proceder a la modificación del Anexo del Personal, respetando lo que el funcionario afectado venía percibiendo hasta diciembre del año pasado.
Igualmente se verificará la dimensión e impacto de las asignaciones salariales incrementadas