La cámara de diputados realizó varias modificaciones a la media sanción del Senado que aprobó en base al proyecto original del Partido Patria Querida.
El documento fue debatido por largas horas en la cámara baja que terminó modificando varios de los artículos, por lo que el documento retornó al senado que la próxima semana analizará nuevamente el texto.
Entre las modificaciones, figura el Art. 247: Corrección de estilo, para que diga “Constitución Nacional”, en vez de Constitución, a propuesta de la diputada Kattya González.
En el Art. 249: Testar en el primer párrafo la palabra “Juntas Departamentales”, moción del diputado Edgar Acosta (PLRA-Central), quedando escrito “La elección de gobernadores será por simple mayoría de votos y de acuerdo con lo dispuesto en el primer párrafo del Art. 161 de la Constitución Nacional, en boletines separados. Los miembros de Juntas Departamentales serán elegidos, en boletines separados al de gobernadores, por el sistema de listas cerradas, desbloqueadas y de representación proporcional de acuerdo a los términos del Art. 258 de este Código”.
Art. 250: Corrección de estilo, cambiando el término “en comicios” en vez de “mediante comicios”, a propuesta del diputado Roberto González.
Art. 258: El diputado Celso Kennedy, en el inciso “b” propuso cambiar la palabra “lista” por la palabra “candidatura”, que figuraba en la propuesta de la Cámara de Senadores.
En el sexto párrafo de este último artículo, se especifica que “la cantidad de votos preferenciales establecerá la cantidad de escaños (…), a propuesta del diputado Ever Noguera.
En el inciso “d”, del mismo artículo, a instancias del legislador Justo Zacarías (ANR-Alto Paraná), se testó el último párrafo que refiere a la paridad vertical, alternando secuencialmente a un hombre y una mujer en la conformación de listas en las internas.
En este estadio, las congresistas Marlene Ocampos y Celeste Amarilla, se opusieron, tenazmente, a la modificación, pero no prosperó.
Otra de las modificaciones de Diputados es la inclusión, en el Art. 3º del proyecto, la implementación del voto electrónico, que fuera testado por la Cámara de Senadores del documento original.
Específicamente se refiere sistemas de votos electrónicos que expidan una versión impresa, que tras la votación, el elector deberá depositar en la mesa receptora y dispone, igualmente, la guarda de los mismos para consultas posteriores.