En la víspera, el poder ejecutivo dio a conocer el decreto por el que reajusta el salario mínimo legal vigente en 3,8%. En guaraníes, esto representa G. 84.349 más desde este mes de julio.
El porcentaje fue determinado en base al informe del Banco Central del Paraguay, en base a la variación del índice de precios del consumidor (IPC) y según registros tanto del IPS, como de Ministerio de Trabajo cerca de 200 mil trabajadores serían beneficiadas con este aumento.
Según informaron las autoridades del ministerio del trabajo instó al sector patronal a dar cumplimiento a la disposición por las 8 horas laborales del trabajador.
Cabe destacar que al cierre de mes de junio de cada año y en base al porcentaje de la inflación, técnicos del BCP elaboran un informe y comunican al Ministerio del Trabajo que a su vez eleva al Equipo Económico que finalmente recomienda al Ejecutivo el porcentaje que debe aumentar en concepto de salario mínimo.
Las centrales obreras consideran insuficiente e irreal el porcentaje, debido al nivel de la pérdida del poder adquisitivo.