El Senador Fernando Silva Facetti, presidente de la Comisión de Lucha Contra el Narcotráfico del Senado recordó que en el 2017 sancionaron la ley 6.007 que autoriza el uso del Cannabis para temas médicos y científicos, que es lo que autoriza la Constitución Nacional y coincidentes con convenios internacionales firmados de acuerdo a la prevención de drogas.
Esta ley fue reglamentada en el 2018 por un decreto, dando intervención a varias instituciones, como a la SENAVE, porque la semilla de la planta que se necesita debe ser importada, posteriormente interviene el IPTA para controlar el funcionamiento, luego cuando se planta se debe tener medidas de seguridad con asistencia de la Secretaría Nacional Antidrogas (SENAD) y su producción que está a cargo del ente de aplicación, que es el Ministerio de Salud, a través de la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria.
El Senador Facetti, explicó que la producción se procesa en un laboratorio donde se extrae el aceite de cannabis y existe un protocolo para la destrucción de la planta y de la flor. Sin embargo por un decreto inconstitucional, el Poder Ejecutivo, limitó a 5 laboratorios la importación, producción, industrialización y comercialización del Cannabis Medicinal. Previamente se realizó una licitación, y 18 empresas ahora están en proceso de adjudicación. Laboratorios farmacéuticos, 3 empresarios acaparan el 70% de ellas, por lo que existe el temor que el mismo beneficiario se lleve 2 o más licencias.
“Por Decreto, no está en la Ley, el Poder Ejecutivo limitó a 5 laboratorios, (….) vos me preguntas si es constitucional o no, y te digo que está en el Decreto, y no en la Ley, y sí es inconstitucional”, porque la CN no puede limitar , es decir, se viola la libre competencia”, añadió.
En este contexto, el legislador recordó, que existen fallos judiciales importantes donde una ley no puede limitar la capacidad laboral siempre y cuando se cumplan todas las condiciones técnicas, infraestructura y las medidas de seguridad.
Indicó que una vez que se tenga el producto final en la parte médica, el decreto prevé que se done el 2% de la producción de estos laboratorios al Ministerio de Salud, al ser un producto médico la Constitución, establece que el estado debe controlar la producción. Incluso hay un programa donde la persona que necesite, se inscribe y recibe en forma gratuita por parte del Estado.
Asimismo, expresó que en el área científica le corresponde a la Universidad Nacional de Asunción y el Conacyt para financiar la investigación, con el fin de identificar las características de cada variedad para potenciar los tratamientos médicos.