La Ley que establece el régimen jubilatorio para profesionales médicos sancionada por el Congreso fue promulgada por el presidente Mario Abdo Benítez. El documento será reglamentado por el Ministerio de Hacienda.
Además del área médica, con la entrada en vigencia de la normativa se incluye al mismo sistema jubilatorio quienes se encuentran en el área de la docencia, investigación, asesorías, administración, gestión o cualquier otra función que realicen.
La ley establece que los médicos podrán acogerse a la jubilación desde los 55 años de edad y luego de haber cumplido 25 años de aporte con el 90% del salario promedio de los 36 meses anteriores al último aporte, es decir, en base su ingreso de los últimos 3 años.
En caso de llegar a los 60 años, y 30 años de aporte, los mismos percibirán el equivalente al 100% de su ingreso en base a lo percibido también en los últimos 3 años.