Proponen suspensión y posterior reprogramación de deudas para clientes de la ANDE

Un grupo de diputados del PLRA presentó un proyecto de ley “Que establece la suspensión del cobro y la reprogramación de deudas por el servicio básico proveído por la Administración Nacional de Electricidad (ANDE)”, con la intención de evitar el sobreendeudamiento de los clientes del ente estatal.

La propuesta legislativa establece un marco regulatorio que tendrá un plazo de 180 días calendarios para la suspensión del cobro y posterior reprogramación del pago por servicios de provisión de energía eléctrica a la Administración Nacional de Electricidad (ANDE).

Estipula, además, que posterior al plazo mencionado, se procederá al prorrateo de las deudas contraídas hasta doce (12) cuotas corridas sin intereses, comisiones y/o gastos administrativos.

En la exposición de motivos, los proyectistas resaltan el impacto que generó la pandemia del Covid-19 en nuestro país, lo que originó, de acuerdo a datos del Instituto Nacional de Estadísticas, un incremento en 3% de la pobreza con relación al año 2020, lo que afecta a casi el 30% de la población (1.920.000 personas, aproximadamente).

“La ANDE informó que aumentó en un 30% los usuarios que se encuentran en mora. Ya en enero de este año se cortó la energía, por ese mismo motivo, a más de 120.000 usuarios, debido a la situación que, en los meses venideros, con la inflación rozando niveles históricos en nuestro país, solo presagian nubarrones en el horizonte”, destaca una parte del texto.

Recordemos que a principios del 2019, nuestro país entraba, oficialmente, en recesión por la pandemia, lo que presagiaba una crisis económica muy importante. “Esta situación golpeó de manera muy aguda a la población más vulnerable”, recalca la justificación en otro ítem.

El documento dispone que la suspensión del cobro de deudas y la posterior reprogramación de los pagos serán aplicables a las deudas contraídas por usuarios del ámbito residencial con la ANDE.

Podrán acogerse los usuarios en baja tensión cuya deuda no sobrepase las tres facturas pendientes al momento de la promulgación de la presente ley.

El documento fue derivado, para su correspondiente análisis, a las comisiones de Obras, Servicios Públicos y Comunicaciones; Presupuesto; Energía y Minería; y en la de Entes Binacionales Hidroeléctricos.

Los diputados firmantes son Pastor Vera Bejarano, Carlos Enrique Silva, Celso Kennedy, Esmerita Sánchez, Andrés Rojas, Roya Torres, Carlos Noguera y Juan M. Ayala.