El Presupuesto General de la Nación 2022 (PGN 2022) establece que las Municipalidades deberán presentar al Ministerio de Hacienda, a más tardar el último día hábil del mes de febrero del 2022, su Balance General, Estado de Resultados, Ejecución Presupuestaria de Ingresos por Origen del Ingreso y Gastos por Objeto del Gasto, Conciliación Bancaria y su Información Patrimonial correspondiente al Ejercicio Fiscal 2021 para su consolidación en los Estados Financieros y Patrimoniales del Sector Público. La Cartera Fiscal no transferirá recurso alguno del ejercicio fiscal 2022 sin esta constancia de informe anual.
Por su parte, los informes cuatrimestrales deberán presentarse de manera consolidada y a nivel de detalle de los programas financiados con los fondos recibidos en concepto de Royalties y los gastos realizados con recursos provenientes de la Ley N° 3984/2010. Esta podrá realizarse de manera digital conforme a la reglamentación emitida.
Los Gobiernos Departamentales y Municipales informarán cuatrimestralmente al Ministerio de Hacienda, a través de la Unidad de Departamentos y Municipios (UDM), sobre los resultados cualitativos y cuantitativos de los programas y/o proyectos en ejecución, especificando actividades desarrolladas y el monto de los recursos aplicados de conformidad a las normas establecidas en el Artículo 27 de la Ley N° 1535/1999. En caso que las instituciones no den cumplimiento a lo establecido no se transferirá recurso hasta que dure el incumplimiento.
En este sentido, se informará al Congreso Nacional sobre estos resultados cuatrimestrales a más tardar 30 días hábiles posteriores al término del mismo. Hacienda podrá celebrar acuerdos con los Gobiernos Departamentales y Municipales para el seguimiento y desarrollo de evaluaciones de los programas prioritarios del Gobierno de conformidad con las normas y especificaciones técnicas que serán establecidas en la reglamentación. Fuente: Hacienda