El juicio oral y público contra la exjueza en lo Civil y Comercial Tania Carolina Irún Ayala continuó este viernes. La exmagistrada se encuentra procesada por la presunta comisión del hecho punible de prevaricato, tras haber dictado en noviembre de 2018 la sentencia mediante la cual dispuso la transferencia de 310.000 hectáreas de tierras en el Chaco a favor de cuatro empresas offshore, en un litigio contra la Asociación del Espíritu Santo.
Los representantes del Ministerio Público, los fiscales Christian Benítez y Silvia González, sostienen que los inmuebles cedidos a empresas de maletín afectados están protegidos por la Ley Nº 2532/05 de Seguridad Fronteriza. Tierras que se encuentran evaluados en unos USD 500 millones.
El abogado querellante Francisco de Vargas señaló que la defensa busca centrar su postura únicamente en descartar que los accionistas de las firmas offshore —radicadas en Chipre e Islas Vírgenes Británicas— no sean oriundos de países limítrofes.
Sin embargo, remarcó que al tratarse de una norma de orden público sobre soberanía e integridad territorial, sus mandatos y prohibiciones resultan de cumplimiento obligatorio y absoluto.
»Convenientemente se olvida hablar de la calidad de personas jurídicas con acciones endosables que tienen hasta hoy día estas sociedades que pretenden ser dueñas de estos inmuebles. Esa circunstancia contenida en el artículo cuarto de la Ley de Seguridad Fronteriza es la que convenientemente Tania Irún evitó u obvió analizar en su sentencia. Ella hace un análisis sesgado de la ley. Dice: ‘Los requisitos no se compadecen de los estipulados en los artículos 1 y 2 de la ley’, pero se olvida convenientemente del artículo cuarto de la ley», afirmó De Vargas.
La Ley Nº 2532/05 dispone en su artículo 4º textualmente dice que serán nominativas y no endosables las acciones o títulos de las sociedades por acciones y los certificados de aportación de las cooperativas de
aquéllos que pretenden ser propietarios, copropietarios o usufructuarios de
inmuebles rurales en zona de seguridad fronteriza.
«Para ella dictar esta resolución no tuvo a la vista los estatutos de las firmas a quienes les estaba adjudicando las tierras en cuestión y en consecuencia omitió información importantísima para dictar sentencia. Y esto está afectando a la soberanía territorial de la República del Paraguay», concluyó el abogado.
La resolución de la exmagistrada favoreció a las empresas Cusabo Limited, Kyveloria Limited, Firstar Investments y Elite Kingdom Investments. Por esta actuación, Irún fue destituida de su cargo por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM) en el año 2021 y actualmente enfrenta el juzgamiento, en el que la Fiscalía y la querella cuestionan también la interrupción de su permiso de maternidad para dictar la sentencia