Renuncia a derecho maternal demuestra dolo de exjueza para firmar fallo que cedió tierras,según querella

El abogado Rodrigo Moreno afirmó que la solicitud de retorno de Tania Irún coincidió de forma inmediata con el inicio del tipeo de la resolución que adjudicó 310.000 hectáreas en zona de seguridad a firmas offshore.

El juicio oral y público que afronta la exjueza en lo Civil y Comercial Tania Carolina Irún Ayala continuará mañana centrando en la última parte del debate probatorio. La exmagistrada se encuentra acusada por presunto prevaricato tras haber dictado en el 2018 la sentencia que cedió 310.000 hectáreas de tierras en el Chaco —protegidas por la Ley de Seguridad Fronteriza y valuadas en unos USD 500 millones— a favor de cuatro empresas offshore en un litigio contra la Asociación del Espíritu Santo.

El abogado Rodrigo Moreno, representante de la querella adhesiva, refirió que los elementos probatorios producidos en el juzgamiento confirman que el trámite administrativo de retorno de la licencia de maternidad se utilizó de manera instrumental para posibilitar la firma del fallo.

El querellante detalló que la exjueza se encontraba usufructuando su permiso de maternidad y solicitó su reincorporación el 20 de noviembre de 2018, aunque la notificación formal se emitió recién el 23 del mismo mes, con validez retroactiva al 20.

“Lo referente al permiso de maternidad que ella gozaba, sí se ha quedado demostrado que efectivamente ella al momento de pedir el cese de su permiso de maternidad fue el mismo día que empezó a elaborarse la resolución desde la computadora de la ujier notificadora y fue finalizada el 23 de noviembre”, explicó Moreno, fundamentando su afirmación en los datos revelados por la testigo licenciada Rosaliz Chamorro, de la Dirección TIC de la Corte Suprema de Justicia.

El representante legal cuestionó la modalidad en que la Superintendencia General de Justicia otorgó el cese del permiso el 23 de noviembre fijando sus efectos con tres días de anterioridad.
“Es una autorización un poco sui generis. Había una cierta venia de esa dependencia seguramente para esto, para cubrir de cierta manera lo que finalmente fue demostrado: que desde el 20 se empezó a tipear esa sentencia, entonces ese permiso tuvo que haber sido retroactivo para no quedar en demasiada evidencia”, remarcó el profesional.

Asimismo, el abogado hizo hincapié en que el permiso de maternidad es un derecho que no pertenece únicamente a la madre, sino fundamentalmente al lactante. Explicó que se trata de un derecho irrenunciable e inalienable que incluso fue ampliado en días a través de la legislación nacional vigente, por lo que resulta llamativo y altamente atípico que una funcionaria pública decida renunciar al gozo efectivo de dicha protección legal.

“El simple hecho de dejar el gozo de un permiso de maternidad de seis meses para volver y justamente en los tres días que se elaboraron la sentencia, firmar esa resolución, ya de por sí solo habla de todo lo que ha sucedido”, concluyó el querellante, manifestando su convicción de que el Tribunal de Sentencia terminará por dar por acreditada la existencia de dolo en la conducta de la procesada.